Término anticipado de contrata

Término anticipado de contrata no puede fundarse en hechos subjetivos, porque se vulnera la igualdad ante la ley.

El máximo Tribunal hizo lugar al recurso de protección interpuesto por una funcionaria a contrata en contra del municipio de Providencia, y ordenó el pago de las remuneraciones restantes al año que duraba la contrata. Pero no ordenó el reintegro de la actora al no existir legitima confianza, debido a que las renovaciones no excedían los 5 años de prestación de servicios.

20 de septiembre de 2023

Recurso de protección rechazado.

Término anticipado de contrata de fotógrafo de la Subsecretaría General de Gobierno se ajusta a derecho, por tratarse de un cargo de exclusiva confianza y no cumplir con las 2 anualidades completas que exige la confianza legítima.

El recurrente alegó haber sido contratado en calidad de “experto”, lo que descartaba la calificación de exclusiva confianza, dado que debe ser interpretado su puesto como un cargo estrictamente técnico.

21 de noviembre de 2022
Páginade 1