Viviendas sociales


Guía legal.

Acerca de la Ley N° 20.741 para facilitar la administración de los condominios de viviendas sociales y dar la posibilidad de postular a mejoramientos.

Los gobiernos regionales, las municipalidades y los servicios de vivienda y urbanización respectivos podrán designar, por una sola vez, a una persona que actuará provisionalmente como administrador. Debe ser un mayor de edad y no es necesario que esté inscrito en el Registro Nacional de Administradores de Condominios.

26 de noviembre de 2022
Transcurre el plazo máximo que establece la ley para iniciar acciones de reparación.

Corte de Valdivia acogió recurso de apelación presentado en contra del Tercer Tribunal Ambiental, que declaró inadmisible la demanda de reparación por daño ambiental interpuesta en contra del Serviu por construcción de vivienda sobre terreno rellenado.

El Tribunal de alzada revocó la resolución impugnada, la cual desestimó la demanda de reparación presentada por considerar que la acción se encontraba prescrita, dado que los primeros antecedentes del presunto daño se conocieron en 2014 y la demanda fue presentada el 14 noviembre de 2020.

10 de enero de 2021
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