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Corte de Apelaciones de Concepción.
En fallo unánime.

Corte de Concepción declara admisible recurso de protección contra Municipalidad de Concepción por requerir a funcionaria trabajar de forma presencial.

Se concedió orden de no innovar prohibiendo a la recurrida exigir la presencia de la funcionaria y le permite desempeñar sus labores mediante teletrabajo.

11 de enero de 2021

La Corte de Apelaciones de Concepción declaró admisible el recurso de protección presentado por una fonoaudióloga en contra de la Municipalidad de Concepción y su Dirección de Salud por requerir que volviera a desempeñar sus funciones de forma presencial.

El conflicto surge luego que a una fonoaudióloga del CESFAM Lorenzo Larenas de Concepción, se le comunicara que debe volver a trabajar presencialmente. La actora respondió al comunicado que mantendría la modalidad de teletrabajo, ya que además de realizar sus labores se encarga del cuidado de su hija menor de dos años, por lo cual se encuentra amparada por el Decreto Alcaldicio N°309 de 2020 que permite que las madres de hijos menores de dos años puedan hacer uso permanente del teletrabajo. El Director del CESFAM le informó mediante correo electrónico que se pondrá termino a la cobertura del decreto N°309 a todos los funcionarios que trabajan a honorarios, por lo cual se le solicita volver a trabajar presencialmente.

La recurrente accionó de protección y acusa una vulneración a su derecho de igualdad ante la ley, al decidir el recurrido de forma arbitraria el no considerar a los funcionarios a honorarios dentro de los beneficios del Decreto referido. A su vez, acusa conculcado su derecho a la integridad física y psíquica, ya que volver a trabajar de forma presencial pone su salud y la de su hija en peligro al exponerse al contagio de COVID-19 al interactuar con pacientes del CESFAM, dejando también a su hija sin cuidado al no poder ingresarla a un jardín infantil o sala cuna.

La Corte de Concepción declaró admisible el recurso y ordenó que la recurrida informe dentro del plazo de 10 días y adjunte todos los antecedentes que obren en su poder en relación a la materia objeto del recurso, bajo el apercibimiento de prescindir de dichos informes si no son evacuados dentro de dicho plazo. También accedió a la orden de no innovar solicitada por la recurrente, prohibiendo a los recurridos requerir la presencia de la funcionaria y permitió que desempeñe sus labores mediante teletrabajo.

 

Vea texto íntegro del recurso y de la resolución Corte de Apelaciones de Concepción Rol N°9-2021.

 

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