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Cámara de Diputados.
Se sanciona con multas.

Diputados ingresan proyecto para modificar el Reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados a fin de sancionar las ausencias o inasistencias injustificadas de sus miembros a las sesiones de Comisiones.

La normativa vigente no establece sanciones a los Diputados que se ausenten de su trabajo en Comisión.

16 de enero de 2021

La iniciativa, patrocinada por los Diputados Gonzalo Fuenzalida, Marcos Ilabaca, Andrés Longton, Leopoldo Pérez y Matías Walker, modifica el Reglamento de la Cámara Baja, disponiendo consecuencias pecuniarias a los Diputados que se ausenten injustificadamente de las sesiones de Comisiones a la que pertenecen o abusen del reemplazo transitorio.

El proyecto expone que el artículo 42 del Reglamento de la Cámara de Diputados establece que aquellos “tienen la obligación de asistir a las sesiones de Sala y comisiones a las que pertenecen, aplicándoseles una multa frente a todas aquellas ausencias que no sean justificadas para asistir a la Sala.” La normativa vigente no establece sanciones a los Diputados que se ausenten de su trabajo en Comisión, por lo que es importante revisar su deber de asistencia a las Comisiones, las sanciones a su incumplimiento y los estándares de las excusas que pueden esgrimir para ausentarse.

Con el fin de dar importancia a la asistencia de los Diputados a las sesiones de trabajo en Comisión, la iniciativa modifica el artículo 42 del Reglamento de la Cámara de Diputados intercalando en su inciso primero a continuación de la frase “ausencias injustificadas de los diputados a las sesiones de Sala”, la expresión “y comisiones”, y en su inciso segundo intercalar a continuación de la frase “con impedimento grave”, la expresión “debidamente acreditado a través de documento u otro antecedente idóneo.”

A su vez, modifica el artículo 78 del mismo reglamento intercalando a continuación de la frase “determinarán los Comités Parlamentarios”, la expresión “, y que en ningún caso podrá ser inferior a un 3 por ciento de la dieta”.

También incorpora un nuevo inciso tercero del siguiente tenor:

“De igual forma, si al término de la legislatura, el diputado que fuere miembro de una comisión permanente no tuviere un porcentaje de asistencia a la misma igual o superior al 70 por ciento del total de las citaciones realizadas, será sancionado con un descuento del 40 por ciento de la dieta parlamentaria correspondiente al mes de abril. Tratándose de la última legislatura del periodo legislativo, el cálculo de la asistencia considerará al lapso de tiempo que abarca desde el 11 de marzo al 31 de diciembre del año respectivo, y el descuento se practicará en la dieta correspondiente al mes de febrero.”

Asimismo, agrega un nuevo inciso cuarto al artículo 218 del reglamento del siguiente tenor:

“El diputado que hubiere sido reemplazado transitoriamente para una determinada sesión de comisión, será considerado como ausente a la misma. Sin perjuicio de lo anterior, no será aplicable la multa por ausencia injustificada a la que se refiere el artículo 78.”

El proyecto se encuentra en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara Baja.

 

Vea texto íntegro del Boletín N°13.995-07 y siga su tramitación aquí.

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