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Corte Suprema.
En fallo unánime.

CS desestima recurso de casación en el fondo contra sentencia que acogió demanda de precario y ordenó la restitución de un departamento en Valparaíso.

La inscripción es requisito, prueba y garantía de la posesión de un inmueble, por lo que su ausencia obsta la adquisición de su dominio.

10 de febrero de 2021

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que confirmó la sentencia del Segundo Juzgado Civil de la misma ciudad, que acogió una demanda de precario y ordenó la restitución de un departamento.

El conflicto surge luego que la demandante se percatara de la ocupación ilegal de un departamento que ella heredó y del que tiene la posesión efectiva inscrita desde 2016. La actora interpuso una demanda de precario en contra de los ocupantes, señalando que aquellos no poseen un título que autorice la tenencia del inmueble y que la ocupación del departamento se debió a su mera tolerancia, por lo cual solicitó que se ordene la restitución de su departamento en conformidad al artículo 2195 del Código Civil.

En primera instancia, el tribunal civil acogió la demanda y ordenó la restitución del departamento a la dueña, al estimar que la demandante probó que es propietaria del inmueble ocupado, al tener inscrita su posesión efectiva en el Registro del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso y demostrar que el departamento estaba siendo ocupado de forma ilícita. La Corte de Valparaíso confirmó la sentencia en alzada.

La actora dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de segunda instancia, acusando un error de derecho de los jueces de segundo grado, ya que acogieron la demanda sin considerar que su tenencia del inmueble se justificó en un contrato de compraventa que celebró ante notario con la dueña original de departamento, el cual no se pudo inscribir en el Registro del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso al momento de la celebración ya que se encontraba afectado por la traba de un embargo.

El máximo Tribunal rechazó el recurso, para lo cual tuvo presente que el contrato que opuso la demandada no se encuentra inscrito en el Registro del Conservador competente, por lo que no es la dueña legítima del departamento, ya que la inscripción es el requisito, prueba y garantía de la posesión de un inmueble y su ausencia obsta la adquisición de su dominio en conformidad a los artículos 686 y siguientes del Código Civil. A su vez, señaló que la demandada no objetó los preceptos legales que resultaron determinantes para dirimir la controversia y prescindió del ordenamiento jurídico invocado por los tribunales del fondo, por lo que la acción entablada carece de uno de los requisitos esenciales del recurso de casación.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°29.533-2019, Corte de Apelaciones de Valparaíso Rol N°1.299-2019 y 2° Juzgado civil de Valparaíso Rol N°C-2.184-2018..

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