Noticias

Futuro Verde
Daño al medioambiente.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelve que Polonia debe pagar a la Comisión Europea una multa diaria de 500.000 euros por no haber cesado las actividades de extracción en una mina de carbón.

Tribunal de Justicia posee la facultad para dictar cualquier medida provisional que considere necesaria para garantizar la plena eficacia de sus resoluciones.

27 de septiembre de 2021

El caso se refiere a la explotación de una mina de carbón a cielo abierto que comenzó a funcionar en 1994 y que se encontraba operada por una empresa que tenía la concesión hasta el 30 de abril de 2020.

De conformidad con la ley polaca, la extensión de una concesión minera de carbón puede prorrogarse una vez por un período de seis años, sin evaluación de impacto ambiental, cuando dicha prórroga esté motivada por “una gestión racional del yacimiento sin ampliar el ámbito de la concesión”. Al respecto, el concesionario presentó una solicitud de prórroga por seis años, la que fue concedida por el Director de Protección del Medio Ambiente de Wroclaw, quien extendió la validez del contrato hasta el año 2026.

El TJUE consideró en una decisión previa de Polonia, al adoptar una medida que permitía prorrogar por seis años un permiso de explotación de carbón sin realizar una evaluación de impacto ambiental, había infringido la Directiva 2011/92/EU del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente.

En esta ocasión, el Tribunal se pronunció respecto del incumplimiento, y de la petición de República Checa, por medio de la cual solicitó se condene a pagar a Polonia una multa punitiva de 5 millones de euros diarios a la Unión Europea por el incumplimiento de sus obligaciones.

El TJUE recuerda que el artículo 279 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea confiere al Tribunal de Justicia la facultad de dictar cualquier medida provisional que considere necesaria para garantizar la plena eficacia de sus resoluciones. Dicha medida, expresa, puede consistir entre otras, en la imposición de una multa punitivita.

Finalmente expresa que, en virtud de las circunstancias del caso y, con el fin de asegurar el cumplimiento de las medidas necesarias para evitar daños graves e irreparables al medio ambiente y a la salud de las personas, procede condenar a Polonia a pagar a la Comisión una multa coercitiva de 500.000 euros diarios hasta que este Estado miembro cumpla el con sus obligaciones.

Vea texto de la sentencia.

 

RELACIONADOS

Tribunal español condena a 4 años de cárcel a empresario minero por daños al medio ambiente causados en la explotación de una mina de carbón a cielo abierto.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *