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Municipalidad de San Bernardo.
Recurso de protección desestimado.

Corte Suprema confirma rechazo de petición de funcionario municipal acusado de cohecho.

El actor solicitó a Contraloría la apertura de un término probatorio y su reincorporación, peticiones que no prosperaron.

20 de enero de 2022

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago, que rechazó el recurso de protección interpuesto por un ex funcionario de la Municipalidad de San Bernardo, en contra de la Contraloría General de la República, por desestimar un recurso de reposición que interpuso en contra de un oficio dictado dentro de un sumario administrativo.

En su libelo, el actor señala que, en abril del año 2018, el municipio de San Bernardo inició en su contra un sumario administrativo por el presunto delito de cohecho, alegando irregularidades en el ejercicio de su labor como funcionario del Segundo Juzgado de Policía Local. En el marco de este procedimiento, el municipio dictó una resolución que destituyó al funcionario, razón por la cual el actor solicitó a Contraloría que dispusiera de la apertura de término probatorio, para defenderse; solicitud que fue rechazada por el órgano contralor, al considerar que el proceso disciplinario se ajustó a Derecho.

En este orden de razonamiento, considera que Contraloría ha vulnerado sus garantías constitucionales de debido proceso y no ser juzgado por comisiones especiales, así como también, su derecho a la honra y protección de la vida privada, por lo que solicita a la Corte que ordene a Contraloría la apertura del término probatorio, así como su reincorporación inmediata, junto con el pago de todas las remuneraciones adeudadas desde su destitución.

Al respecto, la Corte Santiago razona acerca de la naturaleza y características de la acción constitucional, para luego señalar que, “(…) tal como lo sostiene la Contraloría General de la República, dicha institución no tiene legitimación pasiva en estos autos, pues la que decidió́ la destitución del actor, en un sumario administrativo, es el señor alcalde la Municipalidad de San Bernardo y, por lo mismo, en cuanto por el recurso se pide la reincorporación inmediata de señor Covarrubias Salas a sus antiguas funciones y el pago de sus remuneraciones desde agosto de 2018, ha debido aquél recurrir en contra del aludido municipio, lo que no hizo”.

Añade que las peticiones del actor son incongruentes, ya que solicita a la Corte ordenar tanto la apertura de un término probatorio, como la reincorporación, en circunstancias que las garantías constitucionales vulneradas son objeto de protección cuando su infracción es fruto de actos arbitrarios e ilegales, lo que no ocurre en este caso, donde las quejas del actor se dirigen en contra de actos reglados, y realizados por la autoridad llamada a fiscalizar los mismos.

Siguiendo ese orden de ideas, sostiene que, “(…) finalmente, la Contraloría General de la República, al resolver el reclamo de ilegalidad planteado por el recurrente y el posterior recurso de reposición, se ha limitado a ejercer sus atribuciones contempladas en los artículos 98 de la Constitución Política de la República, 1°, 5°, 6° y 9° de la Ley N°10.336 y 156 de la Ley N°18.883, y no son los tribunales superiores de justicia, encargados de resolver el recurso a que se refiere el artículo 20 de dicha Carta Fundamental, los encargados de reemplazar la actividad contralora que aquellas normas jurídicas le entregan a la recurrida”.

En mérito de lo expuesto, rechazó el recurso de protección por considerar que no existió acto arbitrario o ilegal, sino que la recurrida actuó dentro de las atribuciones que le entrega la ley; decisión que fue ratificada por el máximo Tribunal en alzada.

 

 

Vea sentencia de la Corte Suprema Rol N°95.955-2021 y Corte de Santiago Rol N°30.450-2021.

 

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