Contraloría General de la República.
Negativa a autorizar a empresa de seguridad privada en la que uno de sus socios fue eliminado de Carabineros de Chile, se ajusta a derecho.
Para desarrollar actividades de seguridad privada, las empresas deben contar con una autorización otorgada por la institución policial, previa acreditación del cumplimiento de la idoneidad cívica de todos sus socios, administradores y representantes legales, entre otros requisitos.

Una empresa de seguridad privada reclamó a la Contraloría General de la República en contra de una resolución de la Prefectura de Seguridad Privada O.S.10, de Carabineros de Chile, por la que se rechazó autorizar el funcionamiento de esa sociedad como “Empresa de Seguridad Privada de Recursos Humanos”, luego de fuera eliminada por la institución policial por aplicación de una sanción disciplinaria, lo que aquella alega no sería efectivo, dado que su desvinculación se produjo en el contexto de un proceso calificatorio.
Añaden que la empresa obtuvo su primera acreditación en 2014, la que habría sido periódicamente renovada hasta el rechazo de la solicitud efectuada en febrero de 2023.
Al respecto, la Contraloría General refiere que el inciso final del artículo 3º de la ley Nº 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, dispone que esa institución tendrá a su cargo la fiscalización y el control de las personas que desarrollen actividades de vigilancia privada.
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