Recursos especiales

Tercera sala.

CS condenó a Servicio de Salud a pagar indemnización a pareja que se le diagnosticó erróneamente VIH.

“al aumentar el monto de la indemnización, fijándola en diez millones de pesos para cada uno de los dos actores”, no otorgó “más de lo pedido, puesto que de la lectura del recurso de apelación que ellos han interpuesto aparece que solicitaron al tribunal de alzada el aumento de la cantidad fijada por el de primer grado, teniendo como límite la suma de cien millones de pesos respecto de uno de ellos y de cincuenta millones de pesos respecto del otro”.

18 de agosto de 2011
Tercera sala.

CS acogió recurso de casación en el fondo por estimar que Corte de Apelaciones no hizo correcta aplicación del artículo 82 del Código Sanitario. El principio de tipicidad “admite ciertos grados de atenuación”.

«La Corte Suprema acogió el arbitrio procesal, luego de concluir que, dado que el ius puniendi del Estado se encuentra en el origen de la potestad sancionatoria de la administración, corresponde que ésta se sujete al principio de legalidad, concretado en el mandato de tipicidad de las infracciones y las sanciones que se impongan…»

29 de julio de 2011
Tercera sala.

CS desestimó recurso de casación en el fondo en contra de una sentencia de la Corte de Santiago que hizo lugar a una demanda de nulidad de derecho público de decretos de nombramiento de la Municipalidad de Renca.

«…el órgano contralor reconoció en un error en la emisión de su dictamen y que examinado el proceso no se ha dado efecto de cosa juzgada a la sentencia aludida, dictada en otros autos, sino que sólo se han considerado hechos contenidos en tal fallo para concluir que los decretos alcaldicios impugnados son nulos por carecer de causa, al quedar sin sustento fáctico.»

22 de julio de 2011
En el marco de un proceso penal.

CS acogió recurso de casación en el fondo en contra de una sentencia de la Corte de Temuco y condenó al Fisco a pagar 30 millones de pesos por la interceptación telefónica de que fue objeto un abogado.

“en el caso de marras quedó establecido que la solicitud de interceptación telefónica del demandante fue hecha a sabiendas de que se trataba del abogado defensor de algunos de los imputados de la causa en que aquella se otorgaba, lo que no se hizo saber al tribunal”.

14 de julio de 2011
Páginade 63