Mientras se coordina la ejecución de la pena sustitutiva de expulsión, el condenado debe permanecer privado de libertad en régimen de internación en Gendarmería, resuelve Corte de La Serena.
El acto impugnado emana de una resolución dictada por un tribunal competente, que ha actuado dentro de la esfera de sus atribuciones, aplicando correctamente la normativa legal del caso.