Amparo

Recurso de amparo acogido por Corte de Punta Arenas.

Falta de cupo en residencia de protección de adolescente atendido que no cuenta con red familiar idónea que pueda asumir sus cuidados no es excusa válida para eximir de responsabilidad al Servicio de Mejor Niñez.

La principal función del Servicio de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia es la ejecución de las medidas decretadas por el tribunal evidenciándose dilaciones indebidas al cumplimiento de lo ordenado, lo que vulnera la libertad ambulatoria de la adolescente que se ve obligada a permanecer en el recinto hospitalario en contra de su voluntad.

17 de octubre de 2023
Recurso de amparo acogido.

Para postular a la libertad condicional se debe haber cumplido la pena por el tiempo exigido en la normativa vigente a la fecha de la comisión del delito y de la condena, resuelve Corte de Valparaíso.

La no postulación encuentra fundamento en que el amparado fue condenado, entre otras, a dos penas por dos delitos de tráfico ilícito de estupefacientes, de modo que aquel debe reunir los dos tercios de las referidas condenas, informa Gendarmería, mientras que el amprado sostiene que basta que haya cumplido 10 años como mínimo.

14 de octubre de 2023
Recurso de amparo acogido por Corte de San Miguel.

No se explica suficientemente porque se modificó la causal de la prisión preventiva de peligro de fuga a peligro para la seguridad de la sociedad.

La Corte debió señalar cuales fueron los antecedentes calificados que existían para modificar o variar los criterios previos que se tuvieron en consideración para decretar la prisión preventiva mutando la causal de peligro de fuga a peligro para la seguridad de la sociedad.

12 de octubre de 2023
Recurso de amparo acogido.

A reclusa con 35 semanas de embarazo y alto riesgo de gestación se le sustituye la pena de presidio por la de reclusión domiciliaria total, resuelve Corte de Valparaíso.

Si bien en la legislación nacional no hay precepto que autorice expresamente la sustitución, las razones que motivan la solicitud de la amparada deben atenderse por mandato de la Constitución, en cuanto es deber de los órganos del Estado respetar y promover los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, garantizados por la Constitución, “así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.

12 de octubre de 2023
Páginade 14