La iniciativa busca otorgar mayor información a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) considerando el ejercicio de sus atribuciones de regulación y supervisión.
Comisión para el Mercado Financiero (CMF)
Corte de Santiago rechaza reclamo de ilegalidad por instructivo de la Comisión para el Mercado Financiero.
CMF y SII detallaron medidas y sanciones aplicadas en el marco de las denuncias por el denominado caso Hermosilla.
Corte de Santiago confirma multa contra banco por infracciones en respuesta a requerimientos de la Ley Antifraudes.
Reclamo de ilegalidad en contra de la CMF por aplicar disposición que considera supuestos derogados de la Ley 18.815 sobre límites de inversión inmobiliaria se acoge por la Corte Suprema.
Se reprochó a la compañía haber excedido los límites basados en hipótesis que no existen actualmente, careciendo la CMF de facultades para revivir o interpretar normas derogadas. No resulta factible aplicar el artículo 23, N°2, letra d), del DFL N°251, que se refiere a supuestos derogados del artículo 5 de la Ley 18.815, sobre activos que podían ser objetos de inversión.
Corte de Santiago confirma multa aplicada por la Comisión para el Mercado Financiero a sociedad de inversiones por incumplir obligación legal de remitir la información continua.
El Tribunal de alzada desestimó el reclamo de ilegalidad interpuesto por la sancionada.
Corte de Santiago confirma multa a compañía de seguros por no informar los cambios societarios de la empresa.
El Tribunal de alzada descartó actuar arbitrario e ilegal de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) al aplicar la sanción.
Negativa de compañía de seguros a pagar seguro de vida de mujer que falleció por inmersión en una playa rebasa los límites del recurso de protección, resuelve la Corte Suprema.
La interpretación contractual debe ser debatida en un procedimiento de lato conocimiento. Lo mismo para establecer si el fallecimiento se provocó por su imprudencia al ingresar a una zona prohibida y por la ingesta de sustancias ilícitas.
Comisión para el Mercado Financiero debe entregar nómina de bancos e instituciones financiaras a las cuales autorizó efectuar operaciones de lease-back, decide el CPLT.
Si la información no fuere habida, deberá comunicar esta circunstancia al solicitante, indicándole detalladamente las razones que lo justifiquen
Decisión del CPLT, que ordenó a la CMF entregar información sobre las fiscalizaciones y auditorías hechas a todas las entidades reguladas, es legal.
La CMF alegó que la recopilación de la información solicitada implicaba la distracción de funcionarios de sus labores habituales, argumento rechazado por la Corte, que estableció que la gran cantidad de información no es impedimento legal para su entrega.
CMF sancionó al Banco Estado con una multa de 4000 UF por no cancelar los cargos o restituir los fondos correspondientes a las operaciones reclamadas por los clientes dentro del plazo legal.
Incumplió el plazo legal de 5 días hábiles en que debió proceder a cancelar las operaciones o reembolsar hasta 35 UF los cargos pagados por el cliente contados desde que recibió el reclamo.
ENAP se encuentra obligado a comunicar hechos esenciales a la CMF, dictamina la Contraloría.
Debe informar toda situación que a su juicio altere el funcionamiento de la compañía –por ejemplo aquellos que afecten su rendimiento, los que dicen relación con sus activos o pasivos, los que comprendan su situación financiera, entre otros-. La calificación de hecho esencial es flexible y pueden tratarse incluso de situaciones preliminares.
Multa impuesta por la CMF a Aníbal Mosa por uso de información privilegiada en la adquisición de acciones de Colo Colo, se ajusta a derecho.
La infracción al deber de abstención contenido en el artículo 165 de la Ley N° 18.045 es de carácter normativo, por lo que debe descartarse cualquier argumento en relación a la falta de intencionalidad del agente, ya que carece de relevancia dicho elemento subjetivo.
La potestad de inspección busca garantizar la eficacia de las normas que debe fiscalizar la Administración, sin que pueda confundirse con la potestad sancionatoria que exige un debido proceso.
La resolución dictada por el Intendente de Seguros aplica la legislación y normativa reglamentaria vigente e instruye en orden a su adecuado cumplimiento y ejecución.