Corte de Talca estimó adecuado el descuento del aporte del empleador al Seguro de Cesantía cuando el despido es declarado improcedente.
La sentencia impugnada privó al demandado de un legítimo derecho de carácter patrimonial.
La sentencia impugnada privó al demandado de un legítimo derecho de carácter patrimonial.
La multa para las infracciones menos graves, como la reclamada, va de 51 a 500 UTM según la Ley 20.529, y el Superintendente aplicó el mínimo legal, lo que se encuentra ajustado a Derecho.
No se acreditaron los hechos en que se sustenta el recurso, y al tratarse de una cuestión controvertida corresponde sea resuelta en un proceso declarativo y no mediante la presente vía cautelar.
La recurrida actuó por cuenta y riesgo de su mandante.
La Notario Suplente no observó las normas correspondientes, verificándose una discriminación ilegal y arbitraria respecto del recurrido.
Ordenó admitir a tramitación la solicitud de sustitución de multa planteada por el actor.
La discusión central incide en una materia de interpretación contractual que excede los márgenes de la acción constitucional.
Es requisito para el reconocimiento oficial de los establecimientos educacionales contar con docentes idóneos.
El plazo de prescripción alegado constituía al de falta y la pena discutida constituye simple delito.
la Corte Suprema señaló que, para acoger la acción, debe constatarse el carácter preexistente e indiscutido de un derecho afectado, condición que no se verifica en la especie porque el derecho cuya protección se busca por esta vía no tiene el carácter de indubitado.