La interrupción natural de la prescripción no se condice con la sola conformidad con una retención de devolución de impuestos, puesto que dicha interrupción exige un acto de reconocimiento, ya sea expreso o tácito.
10 de enero de 2023
La interrupción natural de la prescripción no se condice con la sola conformidad con una retención de devolución de impuestos, puesto que dicha interrupción exige un acto de reconocimiento, ya sea expreso o tácito.
Del mérito de los antecedentes aparece de manifiesto que en el libelo se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de las garantías fundamentales consagradas en la Constitución.
El máximo Tribunal consideró arbitraria la decisión de mantener publicada la deuda de un estudiante cuyo cobro no ha sido requerido judicialmente y dentro de un plazo razonable.