SUSESO emite dictamen sobre calificación de origen del contagio de COVID-19 que afecte a los trabajadores de faenas mineras.
Los casos denunciados ascienden a 1911, pero sólo 374 han sido calificados como de origen laboral.
Los casos denunciados ascienden a 1911, pero sólo 374 han sido calificados como de origen laboral.
El máximo Tribunal desestimó el arbitrio, tras constatar que la recurrente no acompañó sentencias de cotejo equiparables a la que impugna, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primer grado que acogió parcialmente la demanda de trabajador afectado por cuadro de hipoacusia (pérdida de audición).
No se acreditó una divergencia doctrinal que debe ser resuelta y uniformada.
Los cambios adoptados por el empleador obedecieron a razones políticas.
La actora realizó una reserva expresa de derechos en la que no incluyó la referida acción.
El pronunciamiento respondió a la solicitud realizada por una Mutualidad.
El pronunciamiento responde a la consulta realizada por el Presidente Regional Santiago del Colegio de Químicos Farmacéuticos y Bioquímicos de Chile A.G.
La autoridad administrativa resolvió que la enfermedad de la recurrente era de origen común.