INAPI

Propiedad industrial.

Solicitud de registro de marca no puede contener un signo gráfico idéntico existente en marcas inscritas previamente, resuelve la Corte Suprema.

El signo “AQUA” fue considerado como reiterativo por el INAPI y el Tribunal de Propiedad Industrial, al existir previamente marcas inscritas en las mismas clases que buscaba explotar el recurrente, quien acusó a la magistratura de no utilizar correctamente las reglas de la sana crítica para aprobar su solicitud, argumento que fue desechado por el máximo Tribunal.

4 de mayo de 2023
Propiedad industrial.

Coincidencias en signos gráficos y fonéticos entre dos marcas no se superan alegando una vulneración a las leyes reguladoras de la prueba.

Acusar una errada valoración de la prueba de parte de la judicatura al momento de apreciar las diferencias entre dos marcas, sin puntualizar la norma probatoria que se estima infringida, no permite desvirtuar los hechos asentados por el tribunal, y es una muestra de la disconformidad del recurrente con el resultado del juicio.

30 de enero de 2023
Propiedad Industrial.

Recurrente debe señalar específicamente la norma probatoria vulnerada y explicar cómo se produce la infracción, de lo contrario el recurso de casación en el fondo no puede prosperar.

Empresa que se opuso al registro de una marca alegando coincidencias en los signos gráficos y fonéticos, sólo hizo reclamos genéricos en la forma en que fue valorada la prueba, argumentos que el máximo Tribunal calificó como “una disconformidad con lo resuelto y con la valoración de los antecedentes”.

29 de octubre de 2022