No puede prosperar el recurso de casación en el fondo si no son señaladas las reglas probatorias o de la sana crítica omitidas por el tribunal, resuelve la Corte Suprema.
Recurrente alegó que la solicitud de inscripción de marca autorizada por el INAPI y el tribunal de fondo, no ponderó de forma correcta los medios de prueba que aportó, para señalar que la nueva marca coincidía en signos gráficos con otras marcas existentes en las mismas clases.