Municipalidad de Antofagasta

Norma que impide a órganos de la Administración del Estado reclamar de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones contra el CPLT si la publicidad de la información afecta el debido cumplimiento de sus funciones, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

La Municipalidad de Antofagasta alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, la igual protección dela ley en el ejercicio de sus derechos y los principios de supremacía constitucional y de juridicidad, desde que no sólo excede la regulación establecida en la Constitución, respecto del principio de publicidad, sino que además limita la posibilidad de reclamar ante los tribunales de justicia, lo que produce una desigualdad y trato discriminatorio del legislador

2 de abril de 2024

Informe de Evaluación de la Comisión Evaluadora y el Decreto Alcaldicio que adjudicó la licitación, se ajustan a las Bases de la Licitación y a la normativa legal y reglamentaria que la rige, resuelve Tribunal de Contratación Pública.

12 de marzo de 2024
El convenio colectivo acompañado se aplica en el extranjero por lo no resultaba pertinente requerir su inscripción o registro en la Inspección del Trabajo en los términos establecidos en el artículo 371 del Código del Trabajo. Luego, en cuanto al Plan de trabajo del adjudicado en lo referido a la “Infraestructura Operativa”, el Tribunal precisa que ni las Bases Administrativas Especiales ni las Bases Técnicas que rigieron el proceso licitatorio contienen una definición de este concepto. Sin embargo, su sentido natural y obvio lleva a considerar que éste comprende los recursos necesarios para la prestación del servicio lo que se cumplió.

Corte de Antofagasta ordena a municipio presentar en 15 días plan de clausura y construir, en 30, un cerco perimetral del relleno sanitario, con el objetivo que se impida que se siga arrojando escombros o basuras en los sectores adyacentes.

9 de diciembre de 2022
El Tribunal de alzada acogió con costas la acción cautelar presentada por residentes de los condominios San Marcos y Desiertos Floridos, tras establecer que la pasividad del municipio recurrido vulnera el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y, consecuentemente, a la vida e integridad física y psíquica de los recurrentes.
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