Corte de Santiago acogió recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo.
La falta de análisis de la confesional de la demandante fue determinante para el desenlace del conflicto.
La falta de análisis de la confesional de la demandante fue determinante para el desenlace del conflicto.
Adicionalmente, el tribunal acogió la excepción de finiquito opuesta por la demandada.
El procedimiento de tutela busca conocer y sancionar aquellas afectaciones graves al pleno ejercicio de los derechos fundamentales del trabajador sin justificación suficiente.
El ofrecimiento de un bono por anticipo de negociación en la negociación colectiva no reglada, no resulta en sí mismo un desestímulo al derecho a negociación colectiva reglada.
Las acciones se dedujeron por una docente de aula del Consultorio Salvador Bustos en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Ñuñoa.
Para que opere la norma no basta la mera invocación por parte del empleador de la causal del artículo 161 del Código del Trabajo.
Para que una persona pueda ser considerada trabajadora de otra debe cumplir con lo dispuesto en el artículo 3 del Código del Trabajo.
La sentencia recurrida expresa fundada y claramente las razones en atención a las cuales se concluye en la forma que se manifiesta en sus decisiones.
Lo que se expresa en las cartas de aviso de despido determina qué hechos deben probarse en el juicio por el empleador, por lo que tiene que ser suficientemente explícita para dar lugar a la etapa probatoria.
Las contraprestaciones que constituyen haberes no imponibles son aquellas establecidas en el artículo 41 inciso segundo del Código del Trabajo.