Reclamación de ilegalidad

La información solicitada no puede tener carácter de reservada si es el titular de dichos datos quien la pide.

Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la reclamación de ilegalidad deducida en contra del Consejo para la Transparencia que ordenó al Servicio Civil entregar a postulante copia del informe de evaluación psicolaboral realizada en concurso público.

La sentencia sostiene que el inciso 3° del artículo 55 de la Ley N°19.882 es expreso y claro al establecer que cada postulante podrá solicitar su puntaje final y el resultado de su evaluación.

3 de febrero de 2021