Condena por secuestro calificado cometido por un grupo neonazi en Estación Central, queda a firme luego de que la Corte de Santiago rechazara los recursos de nulidad.
Las impugnaciones incurren en una contradicción manifiesta, ya que no es posible comprender si el error de derecho consiste en no haber interpretado y aplicado certeramente el artículo 141 inciso primero o el artículo 143 del Código Penal.