El requirente alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y el debido proceso, desde que a pesar de la manifiesta existencia de vicios en el procedimiento se le impide recurrir de apelación, dejándolo en una absoluta indefensión, en cuanto no sólo se le permitió ofrecer prueba y oponerse a otras, sino que además, no se le impidió formular discusiones en razón de una oposición oportunamente formulada en la contestación, lo que afectará la decisión final del tribunal.
Tribunales de Familia
Normas que impiden en procedimiento de familia rendir prueba en segunda instancia y a los tribunales declarar de oficio las nulidades convalidadas, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.
Familia respaldó protección de datos personales en casos de violencia intrafamiliar.
Tribunal colombiano reconoce a una perra como miembro de una familia debido al estrecho vínculo que mantiene con sus dueños divorciados: juez de familia debe regular régimen de visitas.
Superintendencia de Pensiones publica norma para implementar nuevas obligaciones de la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos.
La norma pretende agilizar la comunicación entre AFP y los tribunales de familia para obtener el pago de las pensiones de alimentos.
Norma que regula el régimen recursivo previsto en el Auto Acordado sobre Procedimiento Aplicable al Convenio de La Haya relativo a los Efectos Civiles de la Sustracción Internacional de Niños y Niñas, no se ajusta a la Constitución.
Precepto que admite únicamente el recurso de apelación como medio de impugnación de la sentencia definitiva es contrario a lo dispuesto en el artículo 19, N° 2 y N° 3, de la Constitución.
Diputadas ingresan proyecto de ley que modifica el principio de publicidad en los Tribunales de Familia.
Propone establecer como regla general la publicidad de los procedimientos de familia, en conformidad a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ratificados por Chile.
TC declara inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma de Ley que crea Tribunales de Familia, en causa en la que se tramita demanda por relación directa y regular en contra de curadora de bienes.
La Segunda Sala estimó que concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 6° del artículo 84 de la LOCTC. El conflicto que plantea la actora está referido a materias que deben ser resueltas por el sentenciador competente, en este caso, el Primer Juzgado de Familia de Santiago.
Solicitan se declare inaplicable norma de Ley que crea Tribunales de Familia, en causa en la que se tramita demanda por relación directa y regular en contra de curadora de bienes.
La gestión pendiente incide en autos seguidos ante el Primer Juzgado de Familia de Santiago.