Noticias

Abuso sexual.

Tribunal argentino condena a maestra de jardín infantil que grababa a sus alumnos en situaciones vejatorias.

Los actos de la acusada provocaron cambios negativos en el comportamiento de los menores que demuestran que han sido sujetos pasivos de abusos sexuales.

16 de marzo de 2021

La Cámara en lo Criminal de Córdoba, Argentina, condenó a una maestra de un jardín infantil a la pena de quince años de prisión efectiva, como autora material de los delitos de abuso sexual agravado, exhibiciones obscenas agravadas continuadas y producción de imágenes de pornografía infantil agravadas continuadas, por someter a sus alumnos y alumnas a situaciones vejatorias y registrar dichos actos en su celular.

El conflicto surge en 2018, luego que los apoderados de un jardín infantil ubicado en la localidad de Villalba acusaran penalmente a una maestra del establecimiento, señalando que sometía a sus hijos a tratos vejatorios, al hacerlos desfilar y bailar con poca ropa en ocasiones reiteradas, grabando los actos en su celular y amenazando a los menores con castigarlos si informaban a sus padres de las grabaciones

El Tribunal penal declaró culpable a la acusada de los delitos de abuso sexual agravado, exhibiciones obscenas agravadas continuadas y producción de imágenes de pornografía infantil agravadas continuadas, al estimar que en virtud de los hechos de la causa y la prueba rendida en juicio se estableció fehacientemente que la maestra sometió a sus alumnos a situaciones vejatorias que grabó utilizando su celular, obligándolos a desfilar con ropa íntima, a realizar poses de contenido erótico y hacerlos bailar realizando movimientos pélvicos, intimidando y amenazando a los menores con el fin de mantener ocultos los hechos delictivos utilizando su posición de autoridad, lo que provocó cambios negativos en el comportamiento de sus alumnos que demuestran que han sido sujetos pasivos de abusos sexuales.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Cámara Criminal de Córdoba N°237-2020.

 

RELACIONADOS

*Argentina: Constituye mala praxis no informar los detalles de cirugía por cuadro de prolapso genital, ni sus posibles complicaciones, que afectaron a la paciente, debiendo practicarle una cirugía correctiva...

*Cámara Nacional de Apelaciones argentina decreta medida cautelar que prohíbe a un padre publicar en redes sociales elementos que puedan identificar el nombre de su hijo.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *