El hombre era condenado a 12 años y cuatro meses de prisión «en concepto de autor de dos delitos continuados de pornografía infantil agravado».
Pornografía infantil
Acusado de mantener pornografía infantil en su computador entregado voluntariamente por su cónyuge a la policía, es absuelto. Se vulneró su expectativa de privacidad al no mediar orden judicial.
Corte de Apelaciones de Valdivia rechaza recurso de amparo interpuesto en contra de la Corte de Puerto Montt que ordena mantener prisión preventiva.
Pena de 135 años de prisión en contra de ciudadano británico reincidente por delitos de pornografía infantil, cuyos videos fueron hallados por policías australianas, se confirma por el Tribunal Supremo de España.
Pena de 28 años de prisión a fotógrafo por delitos de connotación sexual en perjuicio de modelos, se confirma por el Tribunal Supremo de España.
La madurez sexual, en la pornografía infantil, por deseo expreso de la norma, no resulta relevante; consecuencia del bien jurídico protegido, el derecho personalísimo reforzado al desarrollo equilibrado del menor, en concreto en relación a su desarrollo sexual.
Es inadmisible el informe que da cuenta del estado de perturbación mental de un hombre condenado por producir pornografía infantil: solo es relevante la conducta típica, no la intención del hechor.
El juez de distrito no se equivocó al excluir el informe psicológico. Es un testimonio irrelevante que pudo contribuir a confundir y engañar al jurado. La evidencia de perturbación mental es admisible en el tema de mens rea solo cuando respalda una teoría legalmente aceptable.
Pena de ochenta años de cárcel impuesta a niñero que cometió delitos sexuales no es desproporcionada al tenor de la Octava Enmienda.
El recurrente no demostró que su condena es extremadamente desproporcionada respecto a sus 41 delitos. El daño que ha infligido a sus nueve víctimas e innumerables personas no identificadas es inconmensurable. Consideramos que la sentencia no es constitucionalmente desproporcionada.
Tribunal Supremo de España confirma pena de 25 años de prisión a monitor de campamento de verano que embaucó a NNA y les pidió fotos de carácter sexual por aplicaciones.
El daño moral no necesita estar especificado en los hechos probados cuando fluye de manera directa y natural del referido relato histórico o hecho probado.
Cámara de Diputados aprobó tipificar los delitos de explotación sexual y pornografía de menores.
La Sala aprobó, por unanimidad, la iniciativa que cambia la figura de la “prostitución” por “explotación sexual” para personas menores de 18 años. El proyecto continuará ahora su segundo trámite constitucional en el Senado.
Tribunal de Argentina se pronuncia sobre la vigilancia de la actividad digital de los padres respecto de sus hijos.
El seguimiento de la actividad digital por parte de los padres respectos de sus hijos “debe ser proporcionado y acorde con las capacidades en evolución”.
Tribunal Supremo de España se pronuncia sobre el bien jurídico protegido por el delito de captación y utilización de menores para la elaboración de material pornográfico.
El bien jurídico protegido es de naturaleza personal, de modo que se cometen tantos delitos como menores sean captados.
Tribunal argentino condena a maestra de jardín infantil que grababa a sus alumnos en situaciones vejatorias.
Los actos de la acusada provocaron cambios negativos en el comportamiento de los menores que demuestran que han sido sujetos pasivos de abusos sexuales.
Corte Suprema de Colombia absuelve a hombre que acosó por redes sociales a una niña.
La sentencia aclara que, el delito de facilitación de medios de comunicación, se se refiere a un contexto de explotación sexual de niños y niñas.