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Corte Suprema.
Con voto en contra.

CS acoge recurso de casación en la forma contra sentencia que rechazó demanda de indemnización de perjuicios contra Municipalidad de Dalcahue.

El tribunal de alzada no explicó las consideraciones de hecho y de derecho que se tuvieron en cuenta para desestimar las pretensiones del actor.

18 de marzo de 2021

La Corte Suprema acogió un recurso de casación en la forma deducido en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que confirmó el fallo del Juzgado de Letras de Castro que desestimó una demanda de indemnización de perjuicios en contra de la Municipalidad de Dalcahue.

El conflicto surge en 2016, luego que el Tribunal de Contratación Pública declarara ilegal la adjudicación del proyecto “Reposición Posta Tehuaco-Quetalco, comuna de Dalcahue”, en el cual la Municipalidad adjudicó el proyecto a un licitante que presentó una oferta incompleta. El competidor que impugnó el acto dedujo una demanda de indemnización de perjuicios en contra de la Municipalidad, acusando que se debió haber adjudicado su oferta y que la decisión del municipio le causó perjuicios por concepto de lucro cesante, intereses, reajustes y costas.

El tribunal civil rechazó la demanda, al estimar que la pretensión del actor se basa en la mera expectativa de obtener la licitación, la cual no se encuentra del todo invalidada y sigue produciendo efectos jurídicos. La Corte de Puerto Montt confirmó la sentencia en alzada.

El actor dedujo recurso de casación en la forma en contra de la sentencia de segunda instancia, acusando que el tribunal de alzada no realizó el análisis de todas las pruebas rendidas, ya que no tomó en consideración lo decidido en sede jurisdiccional por el Tribunal de Contratación Pública y se limitó a realizar argumentaciones teóricas sin sustento normativo.

El máximo Tribunal acogió el recurso y dictó fallo de reemplazo, para lo cual tuvo presente que los falladores del fondo no explicaron las consideraciones de hecho y de derecho que se tuvieron en cuenta para desestimar las pretensiones del actor, realizando un análisis parcial de la prueba rendida sin tomar en consideración la sentencia del Tribunal de Contratación Pública que dice relación con el fondo del asunto sometido a su conocimiento, por lo cual el fallo impugnado no se encuentra debidamente fundamentado y contraviene el artículo 170 N°4 del Código de Procedimiento Civil.

En su sentencia de reemplazo, la Corte Suprema revocó la sentencia en alzada y condenó a la Municipalidad de Dalcahue a pagar al actor el 5% del precio total de su oferta por concepto de lucro cesante, al estimar que la decisión del municipio impidió al actor obtener aquellas ganancias sobre las que tenía un legítimo derecho al haber presentado una oferta más conveniente para el interés público que la adjudicada.

La decisión fue acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Julio Pallavicini, quien fue de la opinión de rechazar el recurso, al considerar que el tribunal de alzada justificó de forma correcta su fallo, ya que señaló que el actor solo contaba con una mera expectativa de ser adjudicado y que el actuar de la Municipalidad no le causó un daño cierto que deba ser indemnizado por concepto de lucro cesante.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°4.960-2019, de la sentencia de reemplazo, de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt Rol N°702-2018 y del Juzgado de Letra de Castro Rol N°C-1.070-2017.

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