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Imagen: Monumentos.gob.cl
Comunidad Manuel Ignacio Ancan.

Acción de protección deducida por comunidad mapuche que busca frenar parque eólico, se acoge a trámite por la Corte de Concepción.

La recurrente sostiene que la resolución impugnada afecta directamente la forma en cómo realizan los cultos y ceremonias tradicionales, afectando tradiciones esenciales para la cosmovisión religiosa y ancestral del Pueblo Mapuche.

4 de mayo de 2022

La acción fue presentada ante la Corte de Concepción por la Comunidad Indígena Manuel Ignacio Ancán, en contra del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío (SEA), por la resolución que califica favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Parque Eólico Viento Sur”.

Los actores exponen que sus miembros pertenecen a la etnia Mapuche-Lafquenche, y que la Comunidad se emplaza dentro del territorio de la comuna de Arauco, específicamente en el Sector Yani, lugar con el que tienen fuerte arraigo histórico y cultural.

Indican que Eltun Los Huapes es un cementerio indígena, ubicado en la comuna de Arauco, cuyos orígenes se remontan al siglo XIX, y que fue declarado Monumento Nacional por el Consejo de Monumentos Nacionales en el año 2011, al constatarse su importancia en el sistema de creencias mapuche de las comunidades y que éste contiene restos humanos de familias tradicionales del sector, encontrándose los restos de una de sus fundadoras, cuya descendencia integra la comunidad.

Agregan que, el proyecto denominado “Parque Eólico Vientos del Sur” es impulsado por Forestal Arauco S.A. y que prevé la generación de 43 aerogeneradores para generar hasta 215 megawatts y se emplazará a unos 25 kilómetros al sureste de la comuna de Arauco, en terrenos de la celulosa del mismo nombre.

Refieren que, el día 26 de marzo del 2019 se ingresó el proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, a través de un Estudio de Impacto Ambiental, resolviendo el SEA iniciar el proceso de consulta indígena hacia los grupos pertenecientes a pueblos indígenas susceptibles de ser afectados por el proyecto.

Agrega que luego de su tramitación la recurrida calificó favorablemente el EIA del Proyecto, cuya resolución fue publicada en el Diario Oficial el día 28 de marzo de 2022.

En ese contexto, denuncian se les excluyó negligentemente del PCPI, ya que todos los intervinientes en el proceso tenían conocimiento de la íntima relación que tenía la comunidad y sus miembros con el Eltún Los Huapes, así como también la importancia que representa para ellos como sitio sagrado.

Sostiene que el actuar de la recurrida vulnera las garantías establecidas en el artículo 19 N°2, N°3, N°6 y N°8 de la Constitución, y solicita se deje sin efecto la resolución impugnada y que se retrotraiga el Proceso de Consulta Indígena al estado de iniciarse un nuevo proceso, con respeto de las garantías fundamentales y las normas del Convenio 169 de la OIT.

La Corte de Concepción declaró admisible el recurso y solicitó informe al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.

 

Vea texto de la resolución Corte de Concepción Rol N°21.010-2022 y del recurso.

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