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Recurso de amparo rechazado.

Decisión de trasladar de establecimiento a recluso que dice estar amenazado de muerte por otros internos, no procede revisarla en sede de una acción de amparo, resuelve la Corte de Valparaíso.

Sin perjuicio, la Corte ordenó a Gendarmería adoptar todas las medidas para garantizar la integridad y seguridad del amparado y remitir la solicitud del traslado al Director Regional para su conocimiento y resolución. La clasificación de los internos, la decisión del módulo en que deben permanecer y su traslado a otras unidades penales, corresponden a decisiones a administrativas de Gendarmería.

25 de octubre de 2022

La Corte de Valparaíso rechazó el recurso de amparo interpuesto en contra de Gendarmería, por no pronunciarse respecto a la solicitud de traslado de un interno desde el Complejo Penitenciario de Valparaíso al Centro de Cumplimiento Penitenciario de San Felipe.

El recurrente alegó que tanto el Centro de Reinserción Social de Valparaíso como la Dirección Regional no se han pronunciado respecto a su solicitud de traslado, con ocasión de las amenazas de muerte que ha recibido por otros privados de libertad que se encuentran en el Complejo Penitenciario en el que actualmente se encuentra recluido, quienes tienen una relación directa con la muerte de su hermano, y que su interés por ser trasladado al CCP de San Felipe recae en que tiene residencia ahí, lo que permitirá tener arraigo familiar.

El recurrido informó que, “(…) de acuerdo con el perfil del interno, imputado por infracción a la Ley N°20.000, consigna un mediano compromiso delictual con 04 faltas a las normas de seguridad, siendo la última cometida el 02 de mayo del año en curso por resistencia activa al cumplimiento de órdenes por parte de la autoridad penitenciaria, por tal motivo no es factible su traslado al penal solicitado. Sin perjuicio de lo anterior, se ofrece como alternativa su traslado hacia C.D.P de Quillota, condicionado a su comportamiento.”

La Corte de Valparaíso rechazó la acción constitucional de amparo. Razona que, “(…) , la actuación de la recurrida, no puede ser calificada de arbitraria o ilegal, por cuanto la clasificación de los internos, la decisión del módulo en que deben permanecer y su traslado a otras unidades penales, corresponden a decisiones a administrativas de la recurrida, que no es posible revisar y calificar por esta vía, a consecuencia de lo cual, la acción interpuesta, no podrá prosperar, sin perjuicio de las atribuciones de la recurrida para la ubicación y traslado del amparado en caso que su seguridad personal e integridad física se vean amenazadas.”

En mérito de lo expuesto, la Corte de Valparaíso rechazó el recurso de amparo en contra de Gendarmería, pero ordenó a la recurrida adoptar todas las medidas necesarias a fin de garantizar la integridad y seguridad del amparado, junto con remitir la solicitud del traslado al Director Regional para su conocimiento y resolución.

 

Vea sentencia Corte de Valparaíso Rol N°1854-2022.

 

 

 

 

 

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