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Recurso de nulidad acogido.

Carabineros no puede someter a control de identidad ni detener a personas por el solo hecho de existir una denuncia con descripciones genéricas de los presuntos imputados.

Los agentes detuvieron al acusado luego de recibir una denuncia presencial de una mujer de mediana edad, que acusó que tres hombres en un auto morado le ofrecieron droga, sin aportar mayores descripciones de tales individuos y sin registrar mayores antecedentes de la denunciante para obtener su declaración.

6 de marzo de 2023

La Corte Suprema acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, que condenó al imputado a la pena de doscientos días de presidio menor en su grado mínimo, como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes.

El 30 de noviembre de 2020, a las 11:45 horas, el imputado conducía un vehículo por un sector de la comuna de Quilpué, en compañía de dos amigos, instante en que fueron fiscalizados por funcionarios de Carabineros, previo a una información entregada por una testigo y denunciante; al instante de solicitar la identificación de conductor al acusado, se percataron que éste mantenía en la guantera, un bolso en cuyo interior había una pesa digital, dos bolsas de nylon transparente, contenedoras de una sustancia vegetal color verde, con similares características a la marihuana, sin contar con las autorizaciones respectivas, sustancia a la cual se le efectuó la prueba de campo, arrojando positivo ante la presencia de esa sustancia, con un peso de 1,7 gramos netos. Además, se encontró en dicho bolso, un envoltorio transparente contenedor de una sustancia color rosada similar a la droga conocida como TUSI, y la cantidad de $500.000 (quinientos mil pesos) en efectivo, con billetes de diferentes denominaciones, por lo que fue detenido y puesto a disposición de la justicia.

En contra de la sentencia condenatoria, el acusado interpuso recurso de nulidad invocando la causal establecida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.

El recurrente sostuvo que, la policía utiliza la facultad del control de identidad establecida en el artículo 85 del Código Procesal Penal, sin un indicio que le permitiera hacerlo, pues se funda en una denuncia supuestamente efectuada por una mujer, la que expresó que tres sujetos en un automóvil morado le ofrecieron droga, pero ella no fue individualizada, indicando Carabineros algunas señas promedio de una mujer de 50 años, vestida con un short y blusa negros, chilena y de tez morena, sin que se aportaran mayores antecedentes que hubieren recabado sobre su identidad durante la investigación. Adujo que, las características que esta mujer les habría aportado a la policía acerca de los sujetos que denunciaba sólo consistían en que eran tres individuos, sin ningún rasgo característico que permitiera identificarlos, pues la referencia a un auto morado, sin consignar placa patente única ni marca u otro elemento particular, más allá del color, es insuficiente para ello; por lo tanto, solicita la nulidad de la sentencia y la realización de un nuevo juicio que excluya la prueba ilegalmente obtenida.

El máximo Tribunal hizo lugar al recurso de nulidad, luego de razonar respecto de las palabras del Profesor Vives, quien sobre la prueba obtenida de forma ilegal expresó; “(…) sólo la verdad obtenida con el respeto a esas reglas básicas constituidas por los derechos fundamentales puede estimarse como jurídicamente válida. Lo que se trata de conocer en un proceso judicial no es, innecesario es decirlo, lo verdadero en sí, sino lo justo y, por tanto, lo verdadero sólo en cuanto sea parte de lo justo. Si ello es así –y así parece ser los derechos fundamentales delimitan el camino a seguir para obtener conocimientos judicialmente válidos. Los obtenidos con vulneración de tales derechos habrán, en todo caso, de rechazarse: no es sólo que su ‘verdad’ resulte sospechosa, sino que ni siquiera puede ser tomada en consideración”.

En tal sentido, la Corte considera que, “(…) el elemento indiciario empleado por los funcionarios policiales en el caso de marras se condice con una afirmación del todo subjetiva, no verificable y, por lo mismo, al margen de los rigurosos extremos de la norma ya citada, por cuanto una actuación autónoma e intrusiva como el control de identidad debe necesariamente -y dado que afecta garantías constitucionales como el derecho a la intimidad-, sostenerse en circunstancias objetivas y demostrables, puesto que sólo de esa manera es posible dotar de validez”.

En el mismo orden de razonamiento, el fallo prosigue sosteniendo que, “(…) en consecuencia, por no haber constatado indicio de la comisión de un delito ni haberse verificado situación de flagrancia que permitiera el actuar autónomo de la policía, ocurre que aquella se desempeñó fuera de su marco legal y de sus competencias, vulnerando el derecho del imputado a un procedimiento justo y racional que debía desarrollarse con apego irrestricto a todos los derechos y las garantías constitucionales que le reconoce el legislador, de modo que toda la evidencia recogida en el procedimiento incoado respecto del acusado resulta ser ilícita, al haber sido obtenida en un proceder al margen de la ley”.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema acogió el recurso de nulidad, invalido la sentencia condenatoria, restableció la causa al estado de realizarse nuevo juicio oral ante tribunal no inhabilitado, excluyendo del auto de apertura toda la prueba ofrecida por el Ministerio Público.

 

Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº17675-2022.

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  1. Muy buena decisión de la CS pues el procedimiento desde su origen fue ilegal, es decir, no correspondía detención por el sólo hecho de que una persona describa un algo de forma muy vaga y mas aun que no fue percibido directamente por la policia.

  2. entonces, si tan seguido se aduce la misma argumentación para liberar a los delincuentes…el debido proceso, modifiquen las leyes y que no la sigan haciendo por ese lado!!!..poder legislativo deficiente, poder judicial nefasto.

  3. nada que decir solo faltó que lo encontraran haciendo las bolsas y ahy capaz que hubiesen hecho nulo de nuevo el procedimiento, sospechosa la wea como dice bombo fica

  4. Resultados desde que se eliminó el art. 260 y limitó funciones de carabineros por culpa de los políticos desde que se inició la democracia de que democracia muren cómo estamos los chilenos que aportan con su trabajo para tener esta mugre de políticos delincuencia desenfrenada

  5. Carabineros no razona cuando hay una Denuncia. Llega al Domicilio del Demandante y no pregunta, solo detiene. El Suscrito fué detenido dos veces en distintas fechas por denuncia de Violencia Intrafamiliar. No llevaron al Demandante a constatar Lesiones ni nada. Pasé detenido dos Noches, dónde al día siguiente fuí trasladado y esposado igual qué un Delincuente a la Fiscalía Centro Norte, dónde fui pasado a Tribunales quedando Libre, ya qué nunca hubo Agresiones, solo una discusión en tono elevado. Creo qué el actuar de Carabineros no es el qué corresponde a una Policía Profesional. Yo no tengo ningún Tipo de Antecedentes y aún así fui detenido sufriendo un trato violento la segunda vez, incluso y debido a esto, fuí sacado de la Celda a las 03.30 Horas a constatar Lesiones a un Recinto Asistencial, dado qué mi mano izquierda empezó a inflamarse, producto del mal trato a qué fuí sometido. El descriterio de Cabos y Sargentos es impresionante, ellos no conversan con los Involucrados, solo detienen con Violencia aplicando el máximo de tensión al colocar las esposas, como una demostración de poder, incluso siendo un Ciudadano sin ningún tipo de Antecedentes. Porqué no hacen lo mismo con la enorme cantidad de Delincuentes de la Villa San Luis de Maipú, Cuna de Traficantes de Droga y Venta de Armas de todo Tipo ? Obvio que no lo hacen porque aparte de Descriteriados son Cobardes. Jamás la opinión pública se entera de algún procedimiento Policial en la famosa Villa San Luis, lugar donde después de las 21:00 Horas el Ciudadano corriente no puede Ingresar.

    1. Para los legisladores, en vez de pasarse los días y semanas buscando cómo hacerle difícil la pega al gobierno de turno, por qué cresta no se alimentan bien y nutren en algo sus neuronas que les permita pensar y adecuar las leyes que son factibles de vulnerar casi siempre en beneficio de los delincuentes. Pónganse las pilas y hereden algo bueno a ésta y la nueva generación de chilenos

  6. El poder judicial siempre fallando a favor de los delincuentes ¿cuando habrá una reforma que se ocupe de las victimas ? Dan a conocer nombres, domicilios y toda clase de datos de las victimas y con elvictimario son paternalistas…

  7. los jueces no respetan a las personas vcorrectas de la sociedad, nk los legisladores tampoco; prueba está que permiten que personas que hacen daño a otras personas lo sigan haciendo amparándose n excusas o tecnicismos mal intencionados o erróneamente concebidos; y ello muestra también la incompetencia de lis ministros d justicia y lis gobiernos junto a los congresales que no han sido capaces d construir un sistema jurídico aceptable; y que permite además enntr otras cosas que la falsedad se pueda propagar por la prensa sin sanción.
    No hay destino, de la manera como se están haciendo las cosas.

  8. Pero andaban o no andaban con drogas??
    CLARO QUE ANDABAN, MAS UNA BALANZA ELECTRONICA, MAS DINERO
    No creo que si son solo consumidores, les guste pesar, lo que sirven
    La justicia siempre buscando resquicios legales, para dejar nulo los procedimientos de las policías
    Aquí el único que ganó dinero, FUE EL ABOGADO DEFENSOR, por el pago que le hicieron de sus servicios
    Ojalá, ningún familiar de este abogado caiga en el flagelo de las drogas

  9. qué manera de entramparse en razonamientos weones, que logran tapar la realidad. con razón la justicia está tan cargada en Chile. y lo peor es que los delincuentes lo saben. cómo se ríen de los «honorables»

  10. que divertido escuchar a tanto pelotudo y de mentalidad fascista. defendiendo pacos. oigan a los jueces de CS tienen varios integrantes nombrados por Piñera. Ademas, se pide otro juicio porque hay weones que hacen mal la pega. puta weones fanáticos, lean algo. El día de mañana cuando detengan a sus familiares andarán buscando garantías procesales.

  11. El fallo del tribunal es una muestra de el porqué Carabineros ya no se ve en las calles, para que controlar y detener si tribunales dejaran libres a delincuentes, la detención efectuada por Carabineros se ajusta plenamente a derecho ya que aunque no tenía la patente del vehículo u otro dato indiciario de la identidad del detenido se encontró en flagrancia de un hecho constitutivo de delito y no se debe olvidar que el control de identidad es de carácter aleatorio por lo que no se necesitan datos de identidad precisos de la persona a controlar, por lo anterior el tribunal con su resolución desconoce y rechaza el carácter preventivo de Carabineros. Si
    Carabineros me para en la calle para controlar mi identidad no es porque tenga o sepa mi nombre . El tribunal con su resolución falla a favor del narcotrafico y en contra de Chile y de su pueblo, en un país normal que la denuncia y el control sea sobre un vehículo o persona sin saber su identidad precisa y que la policía encuentre droga y otros elementos lo lógico es que la persona deba responder porque llevaba droga, una balanza y dinero en efectivo equivalente al sueldo minimo y no ocurra lo de Chile donde tribunal lo deja libre porque Carabineros lo revisa sin tener antecedentes concretos.

  12. Con una Justicia así, estamos hasta el l…, como diría un cierto personaje. Si le encontraron drogas, balanza y tanto dinero, que más quieren esos imbéciles.

  13. Con esto a quien le cabe duda que la justicia está corrompida por el narco, invocando tecnicismos ultra rebuscados para dejar al narcotraficante como víctima de vulneración de sus derechos fundamentales y a los policías como unos abusadores, si hasta parece una.rutina de humor de lo más burdo.

  14. Increíble el nivel de complicidad de la justicia con la delincuencia.
    Llegará el día en que ellos también tengan que rendir por esta complicidad.

  15. El pro lema es la ley garantista. La Corte la aplica pero con poco criterio.
    El problema informa toda la nueva legislacion sobre derechos humanos que coloca los derechos humanos individuales por sobre los derechos humanos de la sociedad, dejando a la sociedad en la indefensión.

  16. Recuerdo años atrás, Carabineros detuvo un vehículo -porque le pareció sospechoso- encontrando en el maletero un profuso arsenal militar… sin embargo el Juez Zurdo los dejó en libertad por el mismo motivo, yo me pregunto ¿¿cómo tan… 🥚🥚🥚s estos Jueces????? da RABIA E IMPOTENCIA el como defienden a las 🐭🐀🐁🐀🐀 acá en Chile, Necesitamos un NAYIB BUKELE pero en forma URGENTE!!!!!!

  17. linda justicia es la que tenemos, dice que no ahí flagrancia y el andar con implementos para el pesaje de droga, droga dosificada, dinero en efectivo en distintos tipos de denominación y eso no es flagrancia de un delito de porte de droga, y equipamiento para la venta distribución y/o comercialización de droga .
    un chiste estás mierdas de jueces

  18. Por eso la delincuencia siempre tiene las de ganar: La justicia actúa post facto, desde su añoso y apolillado estrado, con su análisis forense. Espera una muerte para sancionar, espera la instalación del vendedor de drogas, nunca de oficio, espera y espera.. mientras que en el mundo real, las cosas deben ser solucionadas preventivamente y en tiempo real, para personas y situaciones reales..

  19. Mientras no se modifiquen estos artículos en esta ley, seguiremos escuchando estos fallos que solo benefician a traficantes y delincuentes.

  20. una vez más limitando la función fiscalizadora de carabineros. lamentable que se hace notar, también una vez más, que el poder judicial está del lado oscuro de la sociedad. Haya sido o no un procedimiento indebido, según el detenido, se le encontró droga, dinero y la ley 20.000 es super clara sobre la tenencia, entre otros, de cualquier sustancia ilícita convirtiéndola en delito

  21. por esas leyes que favorecen a los delincuentes….estamos como estamos en este pais… cada vez mas inseguros…. por los inescrupulosos abogados que ademas defienden y les enseñan a como saltar la ley a delincuentes.
    Derechos humanos… para la gente que no trasgede a otros… perdida de derechos si estas cometiendo un delito que afecta a otra persona, familia y comunidad !!!
    Los pocos carabineros que quieren hacer bien su trabajo… se aburren, ya que luego del operativo todos quedan libres… un mal chiste. aun desgaste y un riesgo para nada…

  22. JUECES ESTUPIDOS !!!….la privacidad y el derecho de las personas estan limitados a la obediencia de la ley; si esta prohibido traficar droga , quien la porte o tenga presume de vender !!! por lo tanto es absurdo presumir inocencia !!!….

  23. Denle hilo al narcotrafico no mas… para que nuestra juventud pasen a ser los zombies serviciales y esclavos de sus Drogas….PERO NUESTRA POLICIA SEGUIRA CORTANDOLES LA FIESTA AUNQUE LOS DEFIENDAN JUECES Y FISCALES INEPTOS.

  24. Esto es irrisorio. No importa la identidad del denunciante, si hay pruebas del ilícito, entonces estos jueces se quedan con lo incautados o tendrán que devolvérselo a los señores contribuyentes. jajaja pobre justicia.

  25. Por culpa de los famosos DDHH , debería ser ley que dónde te encuentres si carabineros de chile te pide tu carnet o pasaporte DNI , para control de identidad rutinario .

  26. De verdad que este país está mal con las leyes. Por eso nunca seremos de primer mundo. Los derechos de los delincuentes y de los narcos están por encima de los derechos de los ciudadanos honrados. La policía intenta hacer su trabajo y la corte lo destruye.

  27. Pura verborrea, palabras rebuscadas, retórica, y los malos siguen libres y riéndose de las policías. Quien no está haciendo la pega. ???????

  28. Deben realizar talleres de actualizacion en actas policiales sobre todo en materia de drogas por su alta complejidad.
    en esa misma linea tambien curso de actualizacion de UPDF y UFPM. dejan mucho que desear cuando realizan detenciones.

  29. sigan atando de manos , a la mejor policía del mundo.
    la rebelión uniformada , se acerca.
    y estos jueces , malditos e incompetentes.
    correrán como ratas!, buscando una cueva , dónde esconderse!

    1. La mejor policía del mundo por lo menos sabría llenar correctamente el registro de detención aportando los antecedentes que corresponden a lo establecido en las leyes, que deberían saberse al revés y al derecho para empezar. Más bien deberían despedir a los incompetentes que no saben hacer bien el trabajo por el que el Estado les está pagando y se supone estudiaron y se formaron para hacer.

    2. lamentablemente la policía solo puede actúar en delito fragante ya no existe la detención por sospecha y por control de identidad si no existe un medio de verificación de identidad

    3. Hola..
      1.Carabineros de chile, es policía, por decreto ley. .
      o es ilegal, dentro del estado de chile..
      2 .Cuales, son sus funciones…
      Son muchas..
      3.Las lacras, de lo ilícito, que portaban..
      Es legal o ilegal..
      ]Por favor, nada es ilegal..
      …Solo esta el capricho, de debilitar el actuar de la Policía..

      1. Hay que restablecer el Codigo de Procedimiento Penal y la Ley de estados antisociales. No queda otra o seremos un estado fallido tipo Haití.

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