Tutela laboral rechazada.
No prestó servicios para el empleador durante cuatro meses sin justificación médica incumpliendo así gravemente las obligaciones que le impone el contrato de trabajo.
La actora denunció la vulneración del derecho a la vida con ocasión del despido, alegando estar embrazada al momento de ser desvinculada, hecho que no acreditó en juicio, como tampoco pudo probar haber sufrido alguna enfermedad que le impidiera acudir al trabajo durante cuatro meses, por lo que el tribunal desestimó su acción.

El 2° Juzgado del Trabajo de Santiago rechazó una demanda de tutela de derechos fundamentales con ocasión del despido, interpuesta por una trabajadora que denunció haber sido desvinculada estando embrazada.
La actora expuso que trabajó para el demandado desde el 20 de septiembre de 2021 hasta el 25 de julio de 2022, fecha en que le fue comunicado su despido por no concurrir al lugar de trabajo por más de dos días seguidos, pese a que el 11 de marzo de 2022 comunicó su estado de gravidez al empleador mediante correo electrónico; por lo tanto, solicita el pago de las indemnizaciones consignadas en los artículos 489, 163 y 168 del Código del Trabajo, al existir vulneración del derecho a la vida al momento de la desvinculación.
En su defensa, el demandado sostuvo que fue efectiva la comunicación que la demandante le hiciera de su presunto embarazo, no obstante, nunca acreditó efectivamente la certeza de su gravidez, ya que todas las licencias médicas presentadas desde el 11 de marzo hasta la fecha del despido, fueron emitidas por profesionales de la salud no especialistas en ginecología por padecimientos ajenos a la gravidez, y durante la declaración en estrados de la demandante, reconoció la pérdida del bebé luego de ser despedida, no pudiendo acreditar igualmente dicho evento.
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Comentarios (3)
Jose se paso
Cinthia eso si es ser balsa. hay trabajadores honestos y esta sra que quería joder al empleador
Carlos Muy cara de r..ja!!
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