CGR se pronuncia sobre requisitos que deben cumplir condenados por tráfico de estupefacientes para acceder a libertad condicional.
Gendarmería informó que su proceder se ajusta a la normativa y jurisprudencia administrativa.
Gendarmería informó que su proceder se ajusta a la normativa y jurisprudencia administrativa.
El Contralor indica que con fecha 8 de septiembre de 2014 se habría suscrito el citado contrato de donación, lo que le permitiría suponer que la caza de animales al interior del predio en cuestión habría cesado.
La solicitante indicó que el pronunciamiento recurrido limitaría injustificadamente las atribuciones que la ley entrega para fiscalizar y eventualmente sancionar a los establecimientos y profesionales que condicionan indebidamente la atención de sus pacientes a la constitución de una garantía.
La CGR concluye sosteniendo que la autoridad edilicia no está facultada para afectar el ejercicio del derecho de propiedad sobre las máquinas de juego de que se trata.
El dictamen aduce que el jefe del servicio es el que debe decidir sobre la contratación y término de las funciones de los empleados que se requieran.
En la especie, aduce la CGR que la multa impuesta no se ajustó a derecho, por lo que corresponde que la Dirección Nacional de Logística de Carabineros deje sin efecto la medida reclamada.
CGR arguye que el establecimiento de los derechos municipales de que se trata a través de una ordenanza municipal es contrario a derecho.
El ente contralor expone que el artículo 58 de la Ley N° 19.378 regula el procedimiento a que debe someterse, para su aprobación, el proyecto de programa de salud municipal.
Carabineros de Chile informó, en esencia, que el castigo aplicado al recurrente se ajustaría a la normativa que rige la materia.
El Contralor concluye que no han resultado procedentes los nombramientos realizados por esa autoridad comunal, debiendo la aludida entidad edilicia adoptar las medidas que sean necesarias, informando de ello en el plazo de 30 días.