Segundo Tribunal Ambiental escuchó alegatos en demanda por daño ambiental de proyecto minero en Maipú.
Proceso se inició por demanda de daño ambiental deducida por el Consejo de Defensa del Estado en contra de Minera Esparta Limitada.
Proceso se inició por demanda de daño ambiental deducida por el Consejo de Defensa del Estado en contra de Minera Esparta Limitada.
Cabe recordar que el reclamo se formuló en contra la resolución en que el director (s) del SEA declaró inadmisible un recurso de reposición.
los sentenciadores sostuvieron que la resolución reclamada no es de aquellas que hacen imposible la continuación del procedimiento administrativo.
Corresponde ahora que la parte reclamada evacue el informe sobre la materia requerida dentro del plazo de 10 días.
Cabe recordar que las sanciones están asociadas a incumplimientos a la norma chilena de calidad del agua potable.
Se ordenó a la empresa demandada a ejecutar un Programa de Reparación Ambiental con el fin de asegurar la estabilidad física y química del relave, y recuperar los suelos dañados
La autorización tendrá una vigencia de 30 días corridos, contados desde que la SMA notifique a Consorcio Santa Marta S.A.
Corresponde ahora que el informe sobre la materia requerida dentro del plazo de 10 días.
Cabe recordar que el Proyecto consiste en una línea de transmisión eléctrica de alto voltaje (500 kV) en doble circuito.
Se solicitó que la demandada sea condenada a reparar material e integralmente el daño ambiental causado en el sector.