Normas que establecen los reajustes e intereses aplicables a los sujetos morosos por deudas municipales, no producen resultados contrarios a la Constitución.
A la mora de la obligación se le adicionan reajustes e intereses. Al ser una obligación accesoria, opera automáticamente sin ningún tipo de procedimiento adicional, y los intereses se deben por todo el tiempo de la mora desde que se determine el mes calendario de su vencimiento.