El proyecto tiene como objetivo la introducción del denominado caso urgente para facultar excepcionalmente al Ministerio Público, bajo hipótesis tasadas y respecto de la investigación de determinados delitos, instruir a las policías la detención de una persona por riesgo de fuga o peligro inminente para la integridad física o vida de la víctima, su familia o testigos de la investigación.
Código Procesal Penal
Proyecto de ley modifica el Código Procesal Penal, para aumentar la proporción exigida para el abono de días de arresto domiciliario a la condena de una pena privativa de libertad a razón de “cuatro días de arresto domiciliario por un día de cárcel”.
Norma que establece que se abonará a la pena privativa de libertad la fracción igual o superior a doce horas del arresto domiciliario nocturno, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Aprueban proyecto que aumenta de 12 a 24 horas el plazo de flagrancia para perseguir delitos y abren plazo de indicaciones.
Proyecto de ley modifica el Código Procesal Penal para ampliar las técnicas especiales de investigación a los crímenes contra la integridad de las personas.
La moción busca ampliar el alcance de las medidas especiales de investigación del Ministerio Público para ser utilizadas en crímenes contra la vida e integridad de las personas, cuando los hechos que afecten tales bienes jurídicos lleven aparejada una pena de al menos 5 años y un día de presidio.
Corte de Santiago estableció que Gendarmería de Chile no puede ser considerada como un tercero ajeno al procedimiento penal, especialmente cuando la materia en cuestión se relaciona con la forma de ejecución de la medida cautelar de prisión preventiva.
La Séptima Sala del Tribunal de alzada estableció que la parte recurrente, Gendarmería de Chile, no puede ser considerada como un tercero completamente ajeno o extraño al procedimiento penal, especialmente cuando la materia en cuestión se relaciona con la forma de ejecución de la medida cautelar de prisión preventiva.
Corte de Punta Arenas confirma la prisión preventiva de imputado por conducción en estado de ebriedad causando lesiones graves gravísimas.
La Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, al compartir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
Analizan proyecto que restringe beneficios carcelarios a agresores sexuales de menores.
La Comisión de Constitución conoció la propuesta que pretende limitar el acceso a la libertad provisional establecida en el Código Procesal Penal, para cualquier imputado por este tipo de delitos.
Proyecto de Ley de Delito de Ingreso Clandestino, por Gabriela Hilliger Carrasco y Constanza Castillo.
La propuesta significa un retroceso respecto a lo consensuado en la elaboración de la ley 21.325, que establece en su artículo 9° el principio de no criminalización de la migración irregular.
Sancionarán el ingreso clandestino al territorio nacional.
El proyecto, ahora despachado al Senado, castiga con presidio dicha conducta y, luego de cumplida la pena, fija la expulsión del extranjero, salvo ciertas excepciones.
Corte de Apelaciones de Valparaíso declara admisible querella por maltrato animal presentada por municipalidad en contra de sujeto que fue sorprendido vendiendo conejos despellejados, en la vía pública.
La Tercera Sala del tribunal de alzada revocó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, que había declarado inadmisible la acción.
Proponen aumentar de 12 a 24 horas el plazo de flagrancia para perseguir delitos.
La Comisión de Seguridad Pública de la Cámara Alta aprobó en general y en particular una moción que busca dotar a las policías de mayor tiempo para poder poner al infractor a disposición de la justicia.
Ley que incorpora nuevos criterios de procedencia de la medida cautelar de prisión preventiva, fue publicada en el Diario Oficial.
Establece que la libertad del inculpado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad cuando haya actuado haciendo uso de armas de fuego, y también cuando, en los últimos dos años, haya sido reiteradamente sometido a las medidas cautelares de detención, prisión preventiva o a la de privación de libertad en su casa.
Norma que no permite recurrir de nulidad contra la sentencia condenatoria dictada en el segundo juicio oral si la primera también fue condenatoria, no produce resultados contrarios a la Constitución.
No se trata de un doble conforme, ello pues la primera sentencia es invalidada y al anularla no existe y, en segundo lugar, porque no hay revisión de la sentencia por un tribunal superior. El recurso de queja no es una vía idónea para impugnar la sentencia como se realiza en la práctica, refiere el voto que estuvo por acoger el requerimiento.