Consejo para la Transparencia (CPLT)

Inaplicabilidad rechazada con votos en contra.

Normas que establecen criterios para calificar de pública la información no producen resultados contrarios a la Constitución.

La dicotomía información pública/reservada es una cuestión de legalidad porque da por descontada la aplicación del artículo 8° de la Constitución. Es resorte del juez de fondo determinar si ello acontece, aplicando la regla general de publicidad o la excepción de las reservas y determinar si en los hechos la revelación de la información solicitada afecta los derechos de terceros.

5 de mayo de 2023
Reclamo de ilegalidad contra el CPLT rechazado.

Derecho de acceso a la información pública presupone la existencia material de la misma. El reclamante no puede exigir la reconstitución de elementos extraviados, eliminados o perdidos.

El actor alegó que el CPLT, al entender justificada la negativa a entregar los antecedentes requeridos dada su inexistencia, contrarió sus propios instructivos; argumento que fue desechado, por cuando el reclamo debe basarse en una infracción de ley.

12 de abril de 2023