Existe otro tipo de acciones jurisdiccionales declarativas y de lato conocimiento, que en el marco de un proceso contradictorio y legalmente tramitado -sea en el ámbito civil general o en el área especial de defensa del consumidor- permiten igualmente resolver, con conocimiento de causa y con la posibilidad procesal de apreciar y valorar las pruebas presentadas por las partes, la disputa que en la especie se plantea.
Crédito hipotecario
Banco es condenado a pagar multa de 900 UTM por cambiar la tasa de interés a cliente que solicitó un crédito hipotecario.
Abonos consignados en el tribunal deben ser considerados como excepción de pago en juicio ejecutivo, resuelve la Corte Suprema.
Declaración de un empleado que reconoce que entidad financiera no entrega informe con las razones para negar el otorgamiento de créditos hipotecarios no es suficiente para condenar a la empresa como infractora de la Ley del Consumidor.
No procede la condena en costas a un cliente que gana una demanda contra su banco, pero que obtiene lo mismo que previamente la entidad le había ofrecido en un acuerdo extrajudicial.
Se consideró que el consumidor había actuado de mala fe, porque obtenía lo mismo en vía extrajudicial y forzaba la intervención judicial para beneficiarse de una condena en costas a la entidad demandada.
Se acoge a trámite acción de protección contra Banco Security por impedir el pago de cuotas de crédito hipotecario.
Aparece de manifiesto que en el libelo se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de garantías fundamentales consagradas en la Constitución.
CS acogió recurso de protección y le ordenó a banco reevaluar la solicitud de apertura de tarjeta de crédito y otorgamiento de crédito hipotecario negada por la existencia de una deuda anterior que fue castigada por la entidad bancaria.
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario e ilegal del banco al negar los productos solicitados por la existencia de una deuda que fue eliminada de los registros públicos de morosidad.
Recurso de protección deducido contra Coopeuch por negar solicitud de crédito hipotecario debido a la situación financiera de la actora, es rechazado.
El actuar de la recurrida no puede ser calificado de ilegal ni arbitrario, toda vez que ha fundado suficientemente su decisión.
Se acoge recurso de protección contra banco para que permita pago de dividendos de un crédito hipotecario, exento de los intereses moratorios correspondientes al período en que, unilateralmente, impidió su pago.
El banco ha impedido el pago de las cuotas del crédito hipotecario sin una resolución judicial que así lo ordene, lo que constituye un acto arbitrario e ilegal.
Recurso de protección deducido contra Bice Vida, por negarle al actor contratar un seguro de desgravamen por representar un mayor riesgo debido a su condición de portador de VIH es acogido.
La interpretación de las normas bancarias por las recurridas atenta contra el derecho de igualdad, por cuanto excluye al actor del acceso al seguro de desgravamen y, con ello, al crédito hipotecario por el solo hecho de ser portador de VIH.
CS confirmó sentencia que desestimó recurso de protección en contra de un banco por no postergar cuotas de un crédito hipotecario.
La ley otorga la facultad al banco de postergar o no las cuotas de los créditos hipotecarios, lo que no puede interpretarse como una obligación legal para la entidad recurrida.
Corte Suprema confirmó sentencia y dio por pagado crédito hipotecario contratado con banco ordenando la restitución de los dividendos cancelados por cliente
El máximo Tribunal declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el recurso de casación en el fondo interpuestos en contra de la sentencia, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que acogió la demanda contra el BCI por incumplir obligación pactada de contratar seguro de invalidez.
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda en contra de banco por cobro de crédito hipotecario ya pagado
El máximo Tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia, dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, que condenó en costas al banco a pagar una indemnización al demandante.