Enfermedad

Resoluciones que resuelvan acerca de solicitudes de pensión de invalidez deben estar debidamente fundadas y contener un análisis racional de carácter argumentativo que explique la decisión.

La resolución impugnada se limita a expresar, en términos vagos y generales, los argumentos por los cuales no resulta procedente otorgar pensión de invalidez a la recurrente, al fundar la decisión en una frase de carácter meramente genérico referida a no cumplir con el estándar de invalidez mínimo requerido por nuestro derecho.

8 de mayo de 2024

Procedimiento administrativo en el que se decretó el retiro de un funcionario del Ejército por salud incompatible, está viciado al no habérsele notificado en la forma que exige la ley.

17 de marzo de 2024
El máximo Tribunal estimó que el recurrido no notificó al actor de la forma establecida por la Ley Nº19.880, vulnerando la igualdad ante la ley y lo privó de ejercer su derecho al recurso ante sus oficiales superiores, y ordenó retrotraer el procedimiento al estado anterior a la notificación de las resoluciones impugnadas.
Derecho de propiedad que le asiste sobre el dinero ahorrado.

CS acogió el recurso de protección presentado en contra de AFP y le ordenó entregar respuesta fundada a la solicitud de retiro total de fondos de la cuenta de capitalización individual de afiliado diagnosticado con enfermedad terminal.

El máximo Tribunal estableció el actuar ilegal de la administradora de fondos, al contravenir el ordenamiento jurídico vigente que, desde la publicación de la Ley N°21.309, en casos excepcionales autorizar el retiro anticipado, por medio del recálculo de la pensión de afiliados y pensionados calificados como enfermos terminales.

2 de junio de 2021