Corte de Valparaíso rechazó recurso de nulidad interpuesto por la defensa del autor del crimen de Nicole Saavedra.
No concurren los vicios alegados por la defensa del sentenciado, por lo que no merece reproche la sentencia impugnada.
No concurren los vicios alegados por la defensa del sentenciado, por lo que no merece reproche la sentencia impugnada.
El fallo aportó los motivos y expresó con claridad el cómo y el por qué arribó a una determinada conclusión. No existe contravención a las reglas de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados.
La acción fue desplegada sin contemplación alguna y puso de relieve un gravísimo desprecio por la vida y la condición de mujer de la víctima.
El Tribunal de alzada descartó error de derecho en la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.
Siempre que exista alguna sospecha de violencia doméstica o hacia las mujeres, se requiere una especial diligencia por parte de las autoridades en el curso de los procedimientos internos.
Para que se configure una funa no basta el mero cuestionamiento, sino que debe haber además ánimo de dañar la imagen del afectado.
Recientemente la Ciudad de México, a través de su Poder Legislativo, aprobó la denominada “Ley Ingrid”, con la finalidad de sancionar a aquellos servidores públicos que difundan imágenes de víctimas.
En los casos de mayor sanción penal se aplicará una condena que puede ir de quince años y un día de cárcel hasta el presidio perpetuo calificado, que le impide al sentenciado postular a la libertad condicional antes de cumplir los 40 años preso.
En recuerdo de la niña Javiera quién fue víctima de femicidio a sus seis años.
El Senado respaldó la moción que espera ser un aporte para visibilizar la situación de violencia que afecta a las mujeres. Ahora, el proyecto de ley quedó listo para su trámite de promulgación.