Matrimonio

Corte Constitucional de Corea del Sur.

Es constitucional la norma que prohíbe los matrimonios por parentesco hasta el octavo grado de consanguinidad.

La disposición impugnada tiene como objetivo evitar la confusión que pueda surgir respecto de la interrelación, los roles y el estado entre parientes cercanos por matrimonio consanguíneo, y mantener las funciones de la institución de la familia. La norma constituye un medio apropiado para lograr estos fines legislativos legítimos.

7 de abril de 2023
Derecho sucesorio.

Testamento otorgado debe revocarse si tras contraer matrimonio con posterioridad el causante no ratifica su voluntad, resuelve tribunal argentino.

La revocación legal del testamento como consecuencia del matrimonio ulterior del testador se funda en un principio lógico que se sustenta en la presuposición de que el testador al contraer ulterior matrimonio no ha podido por principio mantener las mismas voluntades expresadas antes del cambio de su estado, ya que el matrimonio no sólo por razón de afecto modifica la situación preexistente, sino que nuevos deberes legales crean una situación nueva.

22 de diciembre de 2022