Municipalidad

Recurso de protección rechazado.

La emisión de ruidos molestos ha sido expresamente negada por el municipio y al existir una controversia la recurrente no cuenta con un derecho de carácter indubitado, resuelve la Corte Suprema.

No consta elemento técnico alguno que permita concluir que los hechos relatados, verificados hace más de cuatro años por la Superintendencia, y que fueran motivo del procedimiento contencioso administrativo sancionatorio iniciado por dicha entidad se hayan mantenido efectivamente hasta a la fecha.

9 de enero de 2023
Páginade 24