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Imagen: www.diarioantofagasta.cl
En fallo unánime.

CS rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia deducido en contra de la sentencia que desestimó la demanda por despido injustificado de trabajador de empresa de telecomunicaciones.

El máximo Tribunal no hizo lugar al recurso especial impetrado por la parte demandante, la cual «omitió toda referencia y explicación relativa al contenido y circunstancias relativas a la interpretación jurisprudencial que propone como contraste», como exige la norma.

13 de noviembre de 2020

La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia deducido en contra de la sentencia que desestimó la demanda por despido injustificado de trabajador de la VTR COM SpA.

La sentencia indica que la unificación de jurisprudencia pretendida por la demandante dice relación con determinar, por un lado, si la causal legal de terminación del contrato de trabajo por ‘necesidades de la empresa, establecimiento o servicio’, puede ser sólo invocada por el empleador a partir de factores económicos externos, ajenos a su voluntad, no pudiendo emanar de una reestructuración proveniente de la mera voluntad de la empresa; y, por otro lado, en relación a si dicha causal puede ser subjetivizada en el sentido de si es suficiente para su configuración, la sola demostración de la existencia de una reestructuración o eliminación de toda un área.

La resolución agrega, que dada la conceptualización que el legislador ha hecho del recurso en estudio, es menester para su procedencia, la concurrencia de, a lo menos, dos resoluciones que sustenten distinta línea de razonamiento al resolver litigios de idéntica naturaleza, siendo de responsabilidad del recurrente no sólo acompañar materialmente las copias en que se plasman los pronunciamientos que se confrontan con el fallo impugnado, sino que, además, es su deber expresa de manera precisa y circunstanciada, en el cuerpo del recurso, las interpretaciones disímiles que se enfrentan, correspondiéndole la carga argumentativa relativa a explicar la dispersión jurisprudencial que pretende remediar.

Añade que de esta manera, no se aviene con la finalidad y sentido del especial recurso en análisis, entender como cumplida dicha obligación, con una mera reproducción de fragmentos de los fallos que se aparejan para su contraste, atendido los estrictos márgenes con que el legislador ha estructurado al arbitrio en estudio.

Para el máximo Tribunal, según se advierte de la lectura de la presentación que se examina, es manifiesto que la recurrente omitió toda referencia y explicación relativa al contenido y circunstancias relativas a la interpretación jurisprudencial que propone como contraste, limitándose solamente a acompañar copia de una sentencia, y a transcribir su motivo cuarto, pero soslayando cualquier explicación sobre el contenido del pronunciamiento que efectúa, los contextos materiales homologables, y como su cotejo debe llevar a esta Corte a efectuar la unificación requerida.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol Nº4.216-2019, Corte de Santiago Rol Nº859-2020 y de primera instancia RIT O-3255-2018

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