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Corte de Apelaciones de Valparaíso.
Recurso de derecho estricto.

Corte de Valparaíso desestimó recurso de nulidad por inadecuado desarrollo de la causal invocada.

La causal del artículo 478 letra b) del Estatuto Laboral no autoriza a una simple protesta, respecto de la asignación o negación de eficacia de la prueba rendida.

2 de abril de 2021

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de nulidad deducido por la actora en contra de la sentencia dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Antonio, que rechazó la demanda de despido injustificado intentada contra Muelle Central S.A. y Puerto Central S.A.

El fallo indica que la actora se alzó de nulidad invocando la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, estimando que debió acogerse la alegación de perdón de la causal, pues existía una fecha para computar el plazo requerido para ella.

Al efecto, expone que la sentencia impugnada rechazó la alegación de perdón de la causal invocada, en cuanto la actora señaló que, en febrero de 2018, obtuvo la pensión de gracia a que se aludió la carta de despido, hecho que estaría en conocimiento de la demandada principal y de la Autoridad Marítima desde hace meses, estimando que la aplicación de la causal de despido invocada debió producirse en forma coetánea al momento en que conoció de su inhabilitación. Sin embargo, la sentenciadora rechazó tal alegación por la notoria falta de precisión de las alegaciones en que la actora fundó su petición y porque no se probó la oportunidad en que la demandada tuvo conocimiento del acaecimiento del hecho en que fundó el despido, estimando que ni siquiera pudo iniciarse el cómputo del tiempo transcurrido.

En seguida, expone que el arbitrio impugnatorio se limitó a disentir del razonamiento de la juez a quo, realizando una extensa observación a la prueba como si fuera un verdadero juicio ordinario civil -de hecho, se dirigió al Tribunal a quo y no a la Corte- y, luego, una vez analizada bajo su prisma la prueba aportada al proceso, concluyó que con el mérito de la prueba testimonial de la demandada no pudo haberse acreditado el incumplimiento grave de la obligaciones, que configuró la causal de despido ya que eso solo se pudo acreditar a través de prueba documental.

Por lo anterior, estima que la recurrente confundió el recurso de nulidad con una apelación, por lo que rechazó el arbitrio deducido en contra de la sentencia dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Antonio, declarando que ella no es nula.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte de Apelaciones de Valparaíso Rol N°43-2021 y Primer Juzgado de Letras de San Antonio RIT O-128-2019.

 

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