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Imagen: diversiscorporacion.org
Moción.

Proyecto de ley modifica el Código del Trabajo para promover una mayor inclusión laboral de las personas con discapacidad.

Se busca que las empresas aumenten el número de personas contratadas con discapacidad o que sean asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional.

16 de enero de 2022

La moción, patrocinada por las Diputadas Catalina Del Real, Carolina Marzán, Francesca Muñoz y Ximena Ossandón, y los Diputados Eduardo Durán y Frank Sauerbaum, modifica el Código del Trabajo para promover una mayor inclusión laboral de las personas con discapacidad.

La iniciativa expone que la inclusión laboral implica brindar un empleo remunerado a las personas con discapacidad en el mercado laboral abierto, bajo las mismas condiciones laborales que cualquier otra persona. Esto significa que las tareas que se le asignen, los horarios de trabajo y las remuneraciones que se perciben deben ser las de cualquier otro miembro de la empresa u organización.

Refiere que la Ley N°21.015, que incentiva la inclusión de personas con discapacidad al mundo laboral, introdujo importantes cambios y transformaciones a nuestra legislación, eliminando la discriminación salarial, fijando en 26 años la edad límite para suscribir el Contrato de Aprendizaje con personas con discapacidad, prohibiendo toda discriminación hacia personas con discapacidad, y previendo que los organismos públicos y las empresas con 100 o más trabajadores debían contratar al menos el 1% de personas con discapacidad, lo que quedó establecido en el artículo 157 bis del Código del Trabajo.

En tal contexto, buscando  promover efectivamente la inclusión de personas con discapacidad en el mercado laboral, plantea la modificación del citado artículo 157 bis, a fin que las empresas que tengan más de 100 y hasta 500 trabajadores, deban contratar o mantener contratados un 4% de personas con discapacidad o que sean asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional; y, respecto de las empresas que tengan más de 500 trabajadores, que dicha cifra aumente a un punto porcentual cada 500 dependientes.

 

Vea Boletín N°14789-35 y siga su tramitación aquí.

 

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