El Estado debe reconocer que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, indica nueva norma constituyente.
Además la familia es el primer espacio de desarrollo y no debe ser reemplazada ni amenazada por un orden social superior.
Además la familia es el primer espacio de desarrollo y no debe ser reemplazada ni amenazada por un orden social superior.
Además, el Estado debe resguardar la seguridad interna y externa de la Nación con el fin de dar protección a su población.
El Estado debe estar al servicio de los ciudadanos y garantizar su autonomía para cumplir sus propios fines.
Por tratarse de una actividad de alto interés público, el Estado debe ser su principal promotor, aunque los privados tienen también un gran rol y responsabilidad en su desarrollo.
Debe existir un organismo autónomo, con patrimonio propio, técnico, que fomente el resguardo, protección y promoción del bienestar de todos los animales.
Además, solo se podrá convocar a votación popular para las elecciones y plebiscito expresamente previstos en la Constitución.
Además, que es deber del Estado y de toda persona proteger y conservar el medio ambiente y los bienes públicos; que la destrucción, daño o menoscabo ambiental generará las responsabilidades que establezca la ley y que las actividades económicas que tengan efecto en el medio ambiente se sujetarán a las normativas medioambientales vigentes.
Serán chilenos quienes nazcan en el territorio de Chile; hijos de padres o madres chilenos; extranjeros con carta de nacionalización y los que obtengan especial gracia de nacionalización por ley.
El Estado definirá planes y programas económicos, sociales y ambientales para la implementación del Buen Vivir. En el desarrollo de estos planes los diversos pueblos de Chile serán los protagonistas de su formulación y evaluación.
La misma ley que lo regule debe establecer también un sistema de financiamiento, transparencia, límite y control del gasto electoral.