Confianza legítima

Fundamentación actos administrativos y confianza legítima.

Para exigir la renovación de las contratas de personas con una vinculación estatutaria menor a 5 años no procede invocar el principio de confianza legítima, resuelve la Corte Suprema.

El plazo de 5 años se estima un periodo prudente para que la administración evalúe íntegramente no sólo el desempeño del funcionario, sino que, además, estudie la necesidad de seguir contando con el cargo que sirve la persona.

16 de abril de 2023
Recurso de unificación de jurisprudencia acogido, en fallo dividido.

La no renovación de la “contrata” sin justificación en derecho vulnera el principio de confianza legítima, resuelve la Corte Suprema.

Cinco funcionarios del departamento de salud del municipio de Alto Biobío fueron cesados en sus cargos, al no poseer ideas políticas afines con las del alcalde de la comuna, lo que vulneró la legítima expectativa en la renovación del contrato, así como el derecho a no ser discriminado arbitrariamente.

17 de febrero de 2023
Con voto en contra.

Vulnera la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad la decisión de poner término a un contrato de plazo fijo que devino en uno indefinido por contravenir las disposiciones del Código del Trabajo.

El contrato a plazo fijo de la actora fue renovado en más de dos ocasiones, circunstancia que tuvo el efecto de transformar el contrato a plazo fijo en uno indefinido, por lo que el término del mismo debió sujetarse a las disposiciones del Código del Trabajo.

20 de julio de 2022