Corte de Santiago ratificó decisión del CPLT que ordenó a Carabineros de Chile entregar registros de cámaras corporales usadas durante el estallido social.
No existen elementos que afecten los derechos de terceros ni la causal de reserva argumentada por Carabineros, por lo cual la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia aparece legal, fundada y adecuada.