Tribunal de Contratación Pública declaró inadmisible acción de impugnación deducida en contra de la Dirección de Compras y Contratación Pública porque plataforma no permitió realizar observaciones al acta de apertura en una licitación.
La demandada al no ser la entidad que llamó a la licitación, no es susceptible de ser considerada sujeto pasivo de la acción.