Presidente de la República cuenta con la atribución excepcional de establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad, la que puede delegar total o parcialmente, en el Jefe de la Defensa Nacional, a través del correspondiente decreto que así lo disponga de manera previa y expresa.
Estado de Excepción
Gobierno canadiense vulneró la Constitución al invocar la Ley de Emergencias para hacer frente a las protestas contra las medidas restrictivas dictadas en pandemia.
Los detalles que la Comisión Mixta cambió.
El procedimiento debe considerarse como un todo y apreciarse de manera global por lo que las gestiones realizadas en segunda instancia deben considerarse para evaluar si concurre la inactividad o desidia de la parte demandante.
Iniciativa autoriza a las Fuerzas Armadas a realizar controles de identidad en zonas afectadas por estados de excepción constitucional.
Con el objeto de realizar una efectiva prevención del delito, así como para detectar de manera cabal situaciones en que existan personas que deban comparecer ante la justicia.
El plazo de prescripción de la acción de cobro no se interrumpe si la demanda se interpuso con anterioridad a la vigencia del estado de excepción por la crisis sanitaria, resuelve la Corte Suprema.
El acreedor aceleró el cobro de la deuda según los términos facultativos de la respectiva cláusula, demorando más de un año en notificar al ejecutado, por lo que la acción de cobro prescribió según lo establecido en el artículo 98 de la Ley Nº18.092, sin que resulte aplicable en la especie lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Nº21.226.
Cámara aprueba nueva prórroga del Estado de Excepción en la macrozona sur.
Esta nueva extensión se ratificó a través de la aprobación del decreto 362. Aplica para la totalidad de la Región de La Araucanía y para las provincias de Arauco y del Biobío, de la Región del Biobío.
Hasta el 24 de febrero: Congreso respalda nueva prórroga de estado de excepción para la macrozona sur.
La medida se aplicará a las provincias de Biobío, Arauco, Cautín y Malleco. Durante un arduo debate en Sala se reconoció que la acción “no es sufriente” y se lamentaron las pérdidas humanas y los actos de violencia.
Corte Constitucional de Ecuador declara que el Estado de Excepción decretado por la grave conmoción interna debido al aumento de la actividad delictiva en todo el país, se ajusta a la Constitución.
Las fuerzas armadas deben restringir su intervención a operativos en los que ellas cumplan exclusivamente funciones complementarias a las de la policía nacional, siempre que se encuentre suficientemente justificada.
Proponen que el Congreso Nacional tenga iniciativa para declarar directamente el Estado de Excepción Constitucional de Emergencia con el voto favorable de las cuatro séptimas partes de los diputados y senadores en ejercicio.
El propósito de la reforma constitucional es enfrentar con mayor eficiencia situaciones que puedan constituir una grave alteración al orden público, con una extensión que se ajuste a realidades más complejas.
Corte Constitucional de Ecuador se pronunció sobre la constitucionalidad del decreto ejecutivo que renovó el estado de emergencia focalizado por Covid-19.
El control de constitucionalidad del estado de excepción debe verificar que el mecanismo cumpla los principios constitucionales de necesidad, proporcionalidad, legalidad, temporalidad y razonabilidad.
La interrupción de la prescripción de las acciones por la sola presentación de la demanda, solo aplica a las que hayan iniciado durante la vigencia del estado de excepción constitucional.
La ley excluye los casos en que el transcurso del plazo de prescripción de la acción estaba pendiente al momento en que se declaró el estado de excepción.
CS rechaza incidente de abandono del procedimiento. Abogado no notificó sentencia durante el Estado de Excepción al no poder previamente acceder a expediente físico.
En el actual contexto, el abandono del procedimiento sólo es procedente si el término de seis meses se contabiliza a la luz de la Ley 21.226, cuestión que no aconteció en la especie.
Se acoge incidente de abandono de procedimiento, por cuanto la suspensión que estatuyó la Ley 21.226 no se refiere a la carga procesal de encomendar la notificación de las resoluciones.
Al no notificarse la resolución que recibe la causa a prueba, no ha comenzado a correr el término probatorio y, por tanto, no procede la pretendida suspensión del procedimiento.