CS revocó resolución que declaró inadmisible recurso de protección presentado contra la Superintendencia de Seguridad Social.
El recurrente alegó que la resolución impugnada fue la emitida el 03 de diciembre de 2020 por la autoridad administrativa.
El recurrente alegó que la resolución impugnada fue la emitida el 03 de diciembre de 2020 por la autoridad administrativa.
La decisión de la recurrida careció de elementos objetivos que la sustentaran.
La autoridad administrativa resolvió que la enfermedad de la recurrente era de origen común.
La negativa a cursar las licencias médicas implicó el desempeño de una facultad formal simplemente potestativa de parte de la autoridad.
El dictamen responde a las enmiendas que introdujo el Decreto Supremo N° 46 del Ministerio de Salud, publicado en el Diario Oficial de fecha 19 de marzo de 2020.
El máximo Tribunal revocó la sentencia impugnada y, en su lugar, acogió el recurso de protección deducido, tras establecer el actuar arbitrario e ilegal de la recurrida al descontar la bonificación.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.