El permiso de edificación habría sido aprobado por la Dirección de Obras Municipales, que autorizó a la inmobiliaria Reconsa SA a la ejecución del proyecto en las cercanías de las dunas de la comuna.
Proyecto inmobiliario
Corte Suprema rechaza reclamación contra resolución que calificó favorablemente proyecto inmobiliario en Ñuñoa.
Tribunal escuchó alegatos en reclamación contra multa de más de mil millones de pesos ordenada por la SMA a proyecto inmobiliario ubicado en Lampa.
Clausura de obra por no contar con patente de bodega para almacenar los materiales de construcción es ilegal, resuelve la Corte de Santiago.
Norma que impide interponer recurso de casación en procedimientos de ilegalidad municipal se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la restricción recursiva lo deja sin la posibilidad de controvertir la falta de fundamentos de una sentencia, vulnerando el debido proceso y la igualdad ante la ley.
Servicio de Evaluación de Ambiental calificó favorablemente el proyecto “Modernización Estadio San Carlos de Apoquindo” sometido al Sistema de Evaluación Ambiental.
Luego del proceso de participación ciudadana de la Declaración de Impacto Ambiental, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana señala que el proyecto presentado por Cruzados SADP cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
Dunas de Concón: Segundo Tribunal Ambiental realizó audiencia en reclamación contra la SMA por la aprobación del programa de cumplimiento de proyecto inmobiliario de Reconsa.
La empresa presentó el programa de cumplimiento luego que la SMA le formulara un cargo calificado como gravísimo por la ejecución del proyecto “Urbanización y Loteo Costa de Montemar VI Etapa” en el área protegida Santuario de la Naturaleza “Campo Dunar de la Punta de Concón” y afectación de duna adyacente, sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental que lo aprobara.
Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación de vecinos contra proyecto inmobiliario “Terrazas del Valle” de Lo Barnechea.
“Que, de todo lo razonado en esta sentencia, a juicio del Tribunal no consta ilegalidad alguna en el procedimiento de evaluación ambiental del proyecto ‘Terrazas del Valle’ ni en las Resoluciones Exentas N° 105/2020 y N° 307/2020, razón por la cual la reclamación será rechazada”, dice la sentencia.
Tercer Tribunal Ambiental: Alegaron reclamación por proyecto inmobiliario en el río Maullín.
Los reclamantes piden anular la aprobación del Programa de Cumplimiento por la SMA, mientras que el organismo fiscalizador asegura que se ajustó a derecho.
Segundo Tribunal Ambiental acogió parcialmente reclamación de un grupo de vecinos de Vitacura contra proyecto inmobiliario “Conjunto Armónico Portezuelo”.
Judicatura especializada ordenó al Servicio de Evaluación Ambiental complementar evaluación del riesgo asociado a la falla de San Ramón en base a estudios geológicos recientes y con la participación de las entidades públicas competentes.
CS acogió recurso de protección y ordenó la paralización de obras de un proyecto inmobiliario en la comuna de Laja y su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por estar eventualmente afectando un humedal urbano.
El proyecto “Construcción del Paseo Costanera Sur Laguna Señoranza de Laja”, debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, debiendo paralizarse las obras hasta obtener una decisión definitiva sobre la materia.
Segundo Tribunal Ambiental acoge reclamación promovida por proyecto inmobiliario en Maitencillo contra la SMA.
La sentencia comienza aclarando que la declaración de incumplimiento de un programa de cumplimiento puede ser reclamada en esta judicatura especializada, pues constituye un acto de trámite cualificado, ya que es capaz de producir indefensión a la reclamante considerando su transcendencia análoga a la de un acto terminal.
CS acoge recurso de protección contra Municipalidad de Laja y MINVIU por autorizar la construcción de viviendas sociales en cercanías de Laguna La Señorial y ordena ingreso del proyecto al SEA.
La Laguna La Señoranza constituye un humedal que debiera estar protegido, y el no tomar resguardos para su protección constituye una omisión ilegal de los órganos públicos recurridos.
CS confirmó sentencia que desestimó recurso de protección contra la Municipalidad de Limache por la instalación de postes que impedirían el acceso a la propiedad del actor.
Los hechos materia del juicio son conocidos por una autoridad judicial.