CS confirmó que construcción de cerco no impide a dueño de predio acceder libremente al río Toltén.
Informe de Carabineros determinó que servidumbre de tránsito no presenta obstáculos para su uso por el recurrente ni por terceros.
Informe de Carabineros determinó que servidumbre de tránsito no presenta obstáculos para su uso por el recurrente ni por terceros.
Del mérito de los antecedentes aparece de manifiesto que en el libelo se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de las garantías fundamentales consagradas en la Constitución.
El portón no impide al actor ingresar o salir de su predio.
La SEC al recibir una denuncia, en cumplimiento al fin último que su Ley Orgánica le encomienda, debe constituirse en garante e investigar los hechos denunciados.
Los recurrentes estimaron vulnerada su garantía del artículo 19 numeral 24 de la Constitución.